El procedimiento proseguirá implacablemente, esté ese codemandado o no. La ley prevé que si no se puede dar con el demandado, se recurra a la base de datos de la Administración para localizarlo y, que, de ser imposible, se inscriba en un registro de rebeldes civiles y se publiquen edictos en el propio juzgado, conteniendo la citación. Por lo tanto, va a tener usted que defenderse por sí mismo, y pechar con los resultados de la sentencia.
Posibles complicaciones en demanda rentas y daños.
Saludos, figuro como co-demandado (aval), en un reclamación de cantidades y daños. La otra parte demandada no recogió demanda, ni tiene intención de defenderse. Va huyendo de sitio en sitio, se piensa que todo me caerá a mi o se olvidará el asunto. Quiero saber si esto puede alargar aún más el proceso hastas que se celebre el juicio.