Hola,me estoy informando de las subastas y por lo que voy leyendo está todo enfocado por el tema de la crisis a embargos bancarios.Mi consulta se trata cuando eres el demandante y te ves obligado a mandar la publica subasta de tus bienes inmobiliarios sin que éstos tengan ningun embargo;he leído que los subasteros pueden ponerse en contacto con el demandado para pactar el precio final y encima que yo debo pagar todos los gastos judiciales tambien puede ocurrir esto,¿es posible o lo he interpretado mal?.
Perdona, pero no entiendo nada, ¿que es mandar a publica subasta tus bienes .. sin ... embargo?
Lo que te puedo contar es que lo que se dice de los subasteros está ya desfasado y fue algo cierto hasta los años 90. Ahora lo normal es que las subastas queden desiertas porque las tasaciones son altas y no compensan ni por el 60%, se lo queda el banco y suele resultarles también una ruina para éste.
Me voy a ver obligada a mandar mis bienes a subasta porque no nos ponemos de acuerdo en el reparto de éstos en una extincion de condominio y mi expareja dispone a su antojo de todos ellos.
Hasta la LEC parece que sólo está enfocada para los csasos de embargos y no entiendo nada yo tampoco por mucho que la leo una y otra vez,solo he llegado a la conclusión que el demandado tiene derecho a presentar un mejor postor (-70% del tipo),pero claro,segun la LEC,esto está enfocado para embargos que no es mi caso.
Ya me queda claro,
Efectivamente en este caso no hay embargo, pero sí que hay subasta, esta es la parte similar. Quiero recordar que hay dos opciones a elegir, una en la que se deja abierta a otros postores y otra en que no.
Como en toda subasta, el que más puja se la lleva. Aquí entra en juego el buscarse un tercero que suba la oferta para que el "contrario" se la adjudique por más dinero, o en la figura de "un mejor postor".
Como resumen facilón se puede decir que de las dos partes en litigio tiene ventaja la que posee más capacidad económica porque puede optar a llevarse la propiedad por un precio menor.