Cambiar el nombre del titular no tiene coste si sólo se cambia de domiciliación en el banco. Si vas a la compañía eléctrica pueden pasar muchas cosas:
1º) Revisan la instalación, contador, automáticos, etc., y si no está todo como a ellos les gusta, te obligan a cambiar todo lo dicho (por tu "seguridad", claro); y gracias si no te hacen cambiar todos los cables de la casa.
2º) En dicha revisión, si comprueban que tienes un aparato eléctrico "de más", te aplicarán la consiguiente tarifa ajustada al factor de potencia que te corresponda por el consumo del total de aparatos.
3º) Y, además, si existía alguna cláusula ventajosa en el anterior contrato, como ahora tendrás que firmar uno nuevo actualizado, tendrás que tragar y acatar la nueva normativa, que seguro que no te favorecerá tanto.
Ya sabemos que casi siempre hay que acatar las nuevas cuestiones que aprueba el gobierno, pero si tienes un contrato anterior, en determinadas cosas las compañías no suelen meterse, y es lo que ganamos.
Pido disculpas si no es así en la actualidad, pero una amiga mía, cuando se divorció hace 4 años, quiso cambiar la luz a su nombre, y aún sigue acordándose del dineral que se gastó y de la tontería que cometió.