De todas formas debería consultar con un abogado especializado en multas (mire si su seguro tiene ese servicio) ya que las multas desde 2011 deberían estar prescritas, sobre todo si no se le han notificado,
Según la reciente jurisprudencia al respecto, la pensión es inembargable por no llegar al salario mínimo pero el resto acumulable que usted deje en la cuenta cada mes (el sobrante que pueda tener de esa pensión y que a final de mes no haya gastado) ya no se considerará salario mínimo sino ahorros, por lo que se da a pie a que la Agencia Tributaria pueda embargarlo.
Si en esa cuenta el único ingreso es la pensión, no. El embargo de cuentas se realiza de forma automática mediante un programa informático por lo que si se le practica el embargo, puede solicitar la devolución enviando al embargante un certificado del banco que acredite que el único ingreso de esa cuenta y el saldo que hay en ella proviene únicamente de su pensión
Buenos días soy Pedro (72 años) vivo en un pueblo y durante años un sobrino ha estado utilizando un coche a mi nombre sin yo saberlo y me ha venido un requerimiento de la Agencia Tributaria de 4800 euros por multas desde el año 2011.Estoy preocupado porque tengo una pensión muy baja (677 euros) y no tengo propiedades sólo la pensíón y el temor de que me la embarguen a través de la cuenta bancaria.
Si pueden asesorarme les estaría muy agradecido.
Atentamente