Muchisimas Gracias Tripoli por contestarme, como bien dices si hay una sentencia pero fue en el 2005, y yo no pude hacer frente por mi baja pensión, despues de esta sentencia no tuve noticias de el juzgado hasta el 2009 que me enviaron otra citacion,y volvi al juzgado y alli me comunicarón que no hacia falta que hubiera ido porque la citación era un error procesal ( y tengo la carta que me hizo llegar el juzgado y firmada por el juez ), y desde el 2009 no he tenido noticias del juzgado hasta hoy, en el 2012.
No se que hacer porque si me embargan el coche ya casi no podre salir de casa. En fin, que opinión os merece todo esto.
Muchas Gracias por responderme y prometo no hacerme pesado con esto.
Hablas de Ejecución de Título Judicial, por lo que entiendo que existe una resolución (Sentencia o Auto) en la que se fundamenta la misma.
Si después de notificar dicha resolución, no se ha producido actividad procesal alguna durante al menos dos años, es posible que haya caducado la acción.
Si, antes de dicho plazo, se inició la Ejecución ya no cabe prescripción ni caducidad alguna.
Gracias por responder, y digo yo, este asunto hace ya siete años que paso, ¿Porque no ha prescrito?, normalmente cuando pasan 5 años preescribe casi todo, lo siento pero en esas cosas soy muy ignorante.
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente. Hoy he recibido un comunicado de una ejecucion de titulo judicial de año 2005, y casi seguro que sea un embargo de algo que deje de pagar en dicho año, yo tengo minusvalia y invalidez y solo tengo un vehiculo que esta a mi nombre, mi pregunta es si me pueden embargar dicho vehiculo ? ya que mi pensión es poca cosa y no me la pueden embargar.
La Ley no me ampara ni un poquito !
Muchas Gracias