Si se produce la inseminación heteróloga estando casados (con el consentimiento de la pareja) será una filiación matrimonial y el cónyuge (sea hombre o mujer) de la mujer inseminada será progenitor legal a todos los efectos, no pudiendo en este caso impugnarse la filiación, como en el caso de la paternidad biológica. En caso de divorcio serán progenitores iguales con los mismos derechos y obligaciones.
Buenas tardes, quisiera preguntar por los posibles derechos de mi todavía pareja ante un posible divorcio, en caso de quedar embarazada en FIV con semen de donante.