No lo tengo tan claro, yo creo que si después de un contrato laboral el trabajador se da de alta en autónomos durante dos meses para facturar únicamente a la empresa para la cual estaba contratado inmediatamente antes de darse de alta en autónomos e inmediatamente después de darse de baja en autónomos vuelven a contratarle para la misma empresa se puede sospechar que el periodo de alta en autónomos ha sido un régimen generañ encubierto y por tanto presunción de fraude con las consecuencias que ello acarrea para empresa (sanción, etc..) y para el trabajador (regularización de su situación con la Administración...etc).
Salvo mejor opinión, por supuesto yo lo pelearía.
¿Se puede demostrar que ha trabajado exclusivamente para la misma empresa cuando éste pertenecía al R.E.T.A.? Sí.
¿Cómo? Aportando la facturación, que en teoría, solo ha emitido facturas a esa empresa en cuestión.
Ahora bién, ¿Existe algún movimiento fraudulento en ello? Entiendo que no.
Por otro lado.
¿Existe concatenación de contratos? No, existía concatenación con los contratos hasta fin de obra o servicio concertados de 2005 a 2008, pero ha vencido el plazo para apelar dicho fraude.
El periodo transcurrido en el que el trabajador ha pertinecido al R.E.T.A., obviamente, no se ha de tener en consideración a estos efectos.
Entiendo que poco o más bién nada pueda reclamar, siempre y cuando la extinción de este último contrato no haya vulnerado la legislación.
Si, eso habia pensado yo, pero veo complicado demostrar que en esos dos años como autónomo ha trabajado exclusivamente para la misma empresa... ésta siempre puede decir que el trabajador también trabajaba para otras empresas... y en todo caso reconocerlo como un TRADE. No lo tengo claro....
Yo reclamaría los 45 días, es clara la concatenación de contratos y se ve que el alta en autónomos es un trapicheo.
Si estuvo de alta en autónomos supongo que emitiría factura a la misma empresa en que trabajaba el mes anterior en régimen general.
Si consigues esa factura usala de soporte para denunciar contratos celebrados en fraude de ley y reclamar despido improcedente y 45 días.
posibilidades de reclamar contra el despido y solicitar la indemnización de 45 dias
Tengo un trabajador que ha estado desde el 2005 trabajando para la misma empresa con contratos de obra o servicio, en el sector de construcción, en el 2008 fue dado de alta como autónomo y trabajó también exclusivamente para esa empresa, y en enero de 2011 le dan de alta otra vez como trabajador hasta el dia 18-05-2011 en el que le han despedido por fin de contrato.
En total tiene 14 contratos de obra o servicio y sólo le han finiquitado este último con la parte proporcional de pagas extras y la indemnización por fin de contrato establecida en convenio.
Veis posibilidades de reclamar contra el despido y solicitar la indemnización de 45 dias por considerar los contratos en fraude de ley? Me preocupa lo de los autónomos, pero es que fue una artimaña de la empresa para "romper" el cómputo de los dos años....