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Posibilidad de no comparecer por sí en divorcio

4 Comentarios
 
perfil nes
28/09/2007 12:22
Gracias Doxa. Te mantendré informada, aunque va para largo porque he formulado reconvención para pedir a la esposa pensión compensatoria. El sí tiene dinero, no a su disposición pues todo se lo controla el padre, pero es socio de una empresa dedicada a la hosteleria, que vá muy bien, muy bien, y además es administrador único de la misma, al menos hasta hace poco, pues me temo que como él se dedicó a firmar poderes al padre, en alguno de ellos le habrá dado todas las potestades relacionadas con la empresa.
El abuelo es un impresentable (según versión de mi clienta), él mismo le facilitaba la coca y lo demás, y él mismo se "empeñó" en separar a los esposos.
Con la nieta no tiene ninguna relación, solo de hola y adios cuando se cruzan en la calle. vive sólo, divorciado de su esposa, con quien mi clienta y la nieta se llevan estupendamente, incluso la nieta pernocta con ella algún fin de semana (reside a 200 Km). A mi clienta no le interesa la pensión de la hija incluso quiere que su esposo la vea, lo que no quiere es que el abuelo tenga derecho de visitas.Logicamente yo he pedido pensión para la hija y he solicitado un regimen de vistas amplio pero vigilado y que no incluya la pernocta hasta que él pruebe hallarse rehabilitado. Otra historia será la del abuelo.. Te seguiré informando. Gracias por tu ayuda e interés.
25/09/2007 17:50
Lo siento nes. Ahora si que entiendo el problema. En mi opinión, el abuelo, aún pudiendo tener derecho de visitas no puede personarse como parte en un procedimiento instado por el esposo. Tendría acción en un procedimiento que inste personalmente, no en éste, pero creo que puede conseguir su objetivo en la práctica. Si no te sale bien el intento de reconducir el procedimiento a mutuo acuerdó... yo intentaría, en sala, exponer al juez los antecedentes de lo que ocurre, con toda la naturalidad del mundo e intentando consensuar las posiciones de los esposos respecto al hijo común. Interrogaría al padre a la búsqueda de un acuerdo, aunque sospecho que el abuelo será, casi con seguridad, llamado como testigo por el letrado contrario para que se le tenga en cuenta en el régimen de visitas, lo que no carece de sentido dada la situación personal del esposo. El "interés del menor" o el "favor filii" permitirá entrar a conocer todo lo relacionado con el hijo: la situación del padre, las posibilidades de los abuelos para que la estancia o pernocta sea en el domicilio de éstos...Si enervas la tensión verás que al final se impondrá el sentido común. Atenta al fiscal.
Pero, porfa, cuéntame el resultado de la vista en este mismo post. Si me permites una última observación: Si el padre del menor no tiene medios de vida que permitan una regular pensión de alimentos, píde aunque sea una mínima cantidad hasta la mejor recuperación socioprofesional de aquél. Es muy posible que acabase pagando el abuelo por su hijo, pues el régimen de visitas y pernocta será en todo caso a favor del padre aunque se ejerciten en casa de los abuelos, que acabarán interesados en el mejor cumplimiento de todo lo acordado por el juez. Saludos.
perfil nes
25/09/2007 12:11
Gracias Doxa. La letrada de una de las partes soy yo, lo que ocurre es que la demanda fue interpuesta por el esposo pero es el padre de éste quien hace y deshace, incluso le ha hecho firmar poderes (el esposo es drogadicto,, pero no está incapacitado), y no me pareceria justo que a la vista compareciese el padre en nombre del cónyuge (esposo) para discutir por ejemplo el tema de las visitas con su hija. Además curiosamente, el esposo no sabía ni que había interpuesto demanda de divorcio (ya dije que todo lo hace el padre, que no es muy buena persona al parecer) , aunque sí dió poder notarial para los procuradores y un abogado con el que no quiere seguir. Ahora los cónyuges quieren ir de mutuo acuerdo, pero su abogado no le deja porque el padre no quiere, ¡qué absurdo, ¿verdad?!. Ahora estoy en sí pedir la venia al otro abogado para dirigir yo el mutuo acuerdo o dejar que siga el procedimiento para que en la vista el propio esposo aclare las cosas. Gracias de nuevo. un saludo.
24/09/2007 20:35
En los procedimientos contenciosos de divorcio deberán acudir a la vista ambas partes personalmente, "por sí mismas" dice la ley. La incomparecencia puede acarrearle graves consecuencias.
Si usted considera que los asuntos a tratar son muy personales, utilice el procedimiento de mutuo acuerdo y no habrá nada que discutir delante de nadie.
Son las reglas del juego y no son malas. Confíe en su abogado. Es muy probable que tenga usted la oportunidad de exponer personalmente sus puntos de vista ante el Juez.
Posibilidad de no comparecer por sí en divorcio
perfil nes
24/09/2007 18:23
Divorcio contencioso con hijos menores. ¿Es posible que alguna de las partes -padre o madre- no acudan personalmente a la vista sino que nombren a un representante?. En caso afirmativo ¿podría oponerme dado que el tema de menores -visitas, sobre todo- está enmarcado dentro de las relaciones personales padres-hijos-? (Es que no entendería que una persona que no sea el padre o la madre puedan discutir ese tema). Gracias.