Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Posibilidad de modificar la pension de alimentos, fijada de mutuo acuerdo, por ser mas alta de lo normal?

  • Foros Legales
    • Derecho Familia
      • Tema: ¿posibilidad de modificar la pension de alimentos, fijada de mutuo acuerdo, por ser mas alta de lo normal?
4 Comentarios
 
¿posibilidad de modificar la pension de alimentos, fijada de mutuo acuerdo, por ser mas alta de lo normal?
25/01/2009 23:00
Mi divorcio fue de mutuo acuerdo, el padre del niño no quiso la custodia con lo cual tengo la custodia unica, se fijo una pension de alimentos que ronda el 25% de los ingresos del padre, y se firmo de mutuo acuerdo, no habia piso comun, con lo cual no hay hipoteca comun. Ahora el padre ha solicitado modificacion de medidas, basandolo en que ha tenido otro hijo, y que la pension de alimentos que pasa por el hijo comun es excesiva. Yo siempre he dicho que es superior a lo que viene siendo habitual en las pensiones fijadas por los jueces en separaciones contenciosas, pero en su momento se hizo una estimacion de los gastos del menor y acordamos esa cantidad. Una de las cosas que se tuvo en cuenta fue que, al no haber piso y no pagar el padre la mitad de la hipoteca, la pension deberia incluir una parte destinada a vivienda. Ademas, teniamos una cuidadora, ya que ambos trabajabamos, para que levantase al niño, le diera el desayuno y le llevase al autobus escolar, y los dias de vacaciones se quedara con el toda la mañana.
En mi contestacion a la demanda de modificacion de medidas, se ha adjuntado la relacion de gastos que se le atribuyen al menor, que son los mismos que habia en el momento del divorcio. Mi abogado opina que, al no haberse reducido los ingresos del padre, no prosperara la solicitud de modificacion; he consultado con un par de amigos, abogados tambien, y me dicen lo mismo. Sin embargo, hablando con una amiga que se ha divorciado hace unos meses (contencioso), me dice que a la hora de fijar la pension de las niñas, el Juez no tuvo en cuenta los gastos que ella justificaba, que rondaban los 1000 euros, que estimo que 350 euros por cada niña era cantidad suficiente. ¿Conoceis casos en los que se tengan en cuenta los gastos reales? ¿O simplemente se fija la pension haciendo una estimacion? ¿Si la pension se firmo de mutuo acuerdo cabria modificarla simplemente opinando que es excesiva? Yo siempre he pensado que un convenio firmado de mutuo acuerdo tiene la validez de un contrato y no se puede modiificar porque una de las partes no este de acuerdo....
Gracias a tod@s l@s que leais esto y podais aportar algo
26/01/2009 09:37
Se fija en función de los gastos que se acrediten. Sarapiki, será difícil que prospere la demanda de modificación. El caso de su amiga, no tiene que ser igual al suyo pues es frecuente que entre esos gastos, acrediten algunos que no son necesarios y que no contempla la pensión de alimentos como ordinarios.
Un saludo.
26/01/2009 10:29
Gracias Nuria, como profesional que eres, y desde luego mucho mas experta que yo en Derecho de Familia, valoro tu aportacion. Tenemos la vista el proximo dia 6 de febrero, ya os contare que decide finalmente el Juez, pues supongo que podra servir como orientacion para casos similares.
Un saludo
26/01/2009 14:01
La jurisprudencia es bastante clara al respecto. Para que se estime una modificación de medidas debe producirse un cambio susttancial en la circunstancias existentes a fecha de la firma del convenio, y dicha alteración debe reunir una serie de condiciones, entre ellas, que dicha alteración no sea consecuencia de la actuación voluntaria de la parte que pide la modificación, y el tener un nuevo hijo es considerado una actuación voluntaria, como bien ha dicho Nuria y aunque ella no esté demasiado de acuerdo con ella, ;-).

Así que lo más seguro es que desestimen la demanda, no ya sólo por esta razón, sino porque tampoco hay ninguna otra alteración, en sus ingresos o en los gastos de tu hijo.

Por lo que comentas de las pensiones de alimentos, lógicamente en un contesncioso siempre tiras a lo alto si eres la parte que solicita la pensión, y por lo bajo si eres la contraria, pero los gastos que queden acreditados así como el nivel de vida de la familia, es lo que tiene que dar pie al juez para fijarla. No hay una cuantía media, cada caso es diferente y así hay pensiones de alimentos de 2.000 euros como las hay de 100.

Por último, tienes toda la razón en lo que has dicho, pues en la pensión de alimentos deben incluirse los gastos de vivienda, prorrateándose estos gastos según el número de personas que vivan en la casa.

Salvo mejor criterio...
26/01/2009 20:15
Gracias Kalhuo, en eso estamos, me he leido un monton de sentencias de las AP y todas coinciden en lo mismo, pero bueno, ya veremos...