Un saludo 009. Creo que deberias exponer más detalles de lo que ocurre con estos NO deseables incidentes. La manera en la que ocuparon el terreno y la manera en la que impidieron el paso a los legítimos propietarios del mismo . Bloqueándoles el acceso de mala fé.
Más que sentencia se trata de Ley, el propietario de un terreno podrá tolerar un uso (aparcamiento), hasta que le deje de tolerar, está en su derecho y la comunidad no ha adquirido ninguna prerrogativa o derecho sobre el inmueble colindante, ya que eso es lo que tendría que probarse.
Una Comunidad de Propietarios aparca sus coches en predio ajeno colindante durante siete o diez años. El propietario de la finca valla la finca y la Comunidad no puede aparcar. ¿La comunidad tiene algún derecho adquirido de posesión? ¿Hay jurisprudencia sobre casos similares?