Buenos días, soy el presidente de una Comunidad de Vecinos y el Banco a embargado una vivienda hace unos 10 meses. La comunidad fue al registro de la propiedad para saber quien era el propietario (como no pagan gastos de Comunidad para iniciar tramite monitorio) y vimos que el piso pertenecía al Banco desde ese tiempo. Los anteriores propietarios siguen viviendo en el piso y la verdad es que son vecinos conflictivos (juergas, peleas, problemas,etc...) Hemos hablado con la empresa que gestiona las viviendas del banco y nos han comentado que son propietarios desde hace varios meses pero que no pueden hacer nada hasta que el juez le conceda LA POSESIÓN DE LA VIVIENDA. Esto es lo que no entiende la Comunidad. ¿Que pasa si surge cualquier problema con la vivienda? ¿Cuanto suele tardar en conceder la posesión de la vivienda el juez? ¿Como puede ser que seas propietario mediante sentencia y no te den la posesión de la vivienda?
El Banco, adquiriente de la vivienda, tiene la obligación de abonar las deudas de la Comunidad, existentes en el momento de adquirir la propiedad, hasta una anualidad anterior. Debe, también, abonar los gastos que se hayan producido desde que la adquirió.
1.- Si surge cualquier problema con la vivienda será responsable el propietario (salvo hechos delictivos cometidos por quién actualmente ostenta la posesión.
2.- El tiempo de entrega de la posesión y lanzamiento de quienes la ocupan, depende de la carga del Juzgado.