¿12 meses cotizados en toda su vida laboral? Posibilidades tiene, si no cambia la carencia mínima de cotización exigible, antes de alcanzar los 67, tendría tiempo cotizado suficiente para una mínima o un poco más (habrá que ver cómo queda el cálculo de la base reguladora de la pensión)..., y si cambian la carencia, aumentándola, aunque se fije la edad de jubilación a los 67, nada ni nadie impide a uno proseguir la actividad una vez alcanzada dicha edad.
Y a malas..., una no contributiva (si no las suprimen, claro).
Muchas gracias por la respuesta Shughart, he oído que se puede pagar a la SS, para completar el tiempo de carencia mínima que te falte a la edad de 67, También si no puedes tener derecho a pensión, ¿Tienes derecho a la asistencia sanitaria despues de los 67?
Sí, es posible completar la carencia suscribiendo un convenio especial con la Seguridad Social, si bien, se exige una serie de requisitos, entre ellos, 2 a destacar:
- Tener cotizados, al menos, 1080 días en los 12 años inmediatamente anteriores.
- Y que la causa de extinción del último contrato no sea imputable al propio trabajador.
Shugrart, no creo que supriman la pension no contibutiva. Sera lo que cobremos todos, hayan cotizado o no.Haber quien es capaz de reunir todos los requisitos que van a pedir en la proxima reforma.