Soy Vigilante de Seguridad y por interés profesional he aprendido en profundidad como funcionan las ganzuas y demás herramientas y técnicas similares. Esto me ha dado una amplia perspectiva para realizar mejor mi trabajo, ya que permite detectar "puntos débiles" y tomar medidas preventivas.
En el proceso, he aprendido a usar ganzuas, y encuentro muy práctico llevar un juego encima, e incluso me ha servido para salvar varias situaciones.
He estado buscando legislación para saber si es ilegal portar ganzuas. He encontrado esto:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t13.html
Que habla de hurtos, robos y define las "llaves falsas".
También he encontrado esto:
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/llaves-falsas/llaves-falsas.htm
Pero he visto un artículo de un periódico que indica que se declaró anticonstitucional por violar la presunción de inocencia.
No soy capaz de encontrar más documentos legales con respecto a las llaves falsas, pero obviamente eso no significa que no los haya.
Me gustaría mucho saber si es legal o no portarlas. Entiendo perfectamente que dadas las circunstancias, cualquier agente de la ley podría requisármelas si lo considera oportuno. Esto no me preocupa. Lo que sí me preocuparía es que yo estuviera cometiendo alguna infracción sin conocimiento de ello.
Así pues, mi pregunta es si es legal portar ganzuas en España, y qué leyes/documentos existen al respecto para tener la información a mi alcance.
Por otro lado, últimamente se ha extendido la costumbre de colgar candados en puentes y sitios públicos por enamorados, que luego tiran la llave a un río. Muchos de estos candados son retirados de forma periodica por empleados municipales.
Entiendo que estos candados se consideran abandonados y que no existiría ningún problema en abrirlos "por hobby", e incluso llevármelos. Asumiendo por supuesto que el porte de ganzuas sea legal. Estoy confundido en esta interpretación?
Por último lanzo una pregunta que creo que os resultará interesante: Es ilegar abrir candados/cerraduras si luego no coges nada ni entras a ningún sitio, y además luego lo vuelves a dejar exactamente como estaba? Es decir, si yo abro un candado que sujeta una bicicleta, pero no me llevo la bicicleta (ni el candado), estoy haciendo algo ilegal? Y si abro una puerta?
Entiendo que llevarme el candado sería hurto. Y entiendo que si dejo el candado o cerradura abierta, podría estar facilitando a alguien la posibilidad de hacer algo criminal. Entiendo también que si daño el candado/cerradura durante el proceso entonces estaría infrigiendo daños contra la propiedad ajena. Y entiendo que si durante el proceso un agente me viera hacerlo, tendría motivos más que fundados para sospechar de la actividad y tomaría por consiguiente las medidas necesarias.
Sinceramente, no tengo ningún interés en complicarme la vida y dudo que ni tan siquiera intente coger los "candados de los enamorados", o no al menos sin haber hablado antes con las autoridades pertinentes (ayuntamiento, agentes locales, etc). Pero me resultaría muy interesante conocer los aspectos legales de este tema.
Muchísimas gracias por adelantado, y espero que este tema os resulte interesante, ya que creo que se aleja mucho de lo convencional.
Un saludo a todos.
PD. Me encantaría saber como debo afrontar una búsqueda legal similar en el futuro. En este ejemplo, no ser capaz de encontrar leyes que prohiban especificamente el porte de ganzuas, no significa para nada que no me esté perdiendo cosas al respecto. ¿Algún consejo para un ciudadano de a pie?
PD. Entiendo que el tema pueda resultar polémico, y espero no generar ningún problema o reacciones fuertes. Nada más lejos de mi intención. Realmente me acerco a vosotros desde la curiosidad y la prudencia. Si alguien se siente ofendido, pido de antemano mis más sinceras disculpas.
Me preocupa haber dado una imagen incorrecta de mi o de mis intenciones.
Tal vez la falta de respuestas sea normal, o tal vez sea que yo me he respondido a mi mismo y tan solo esperaba confirmación, y por lo tanto considerais el tema de poco interés.
Aun así comparto mis últimas reflexiones:
Con respecto a lo de abrir un candado y luego dejarlo igual, estaba pensando que al final es usar algo que no es tuyo sin permiso, y aunque no te lo lleves a ningún sitio, tal vez se considere hurto de uso, o alguna cosa similar rollo "uso indebido" o "no autorizado". Vamos, que me estoy inventando el nombre, pero no me extrañaría que existiera una figura legal para definir el acto de usar algo que no es tuyo sin llegar a llevártelo. Y eso es lo que sería lo de abrir candados y puertas que no te pertenecen. Ya que entiendo que candados y cerraduras, además de ser sistemas de protección de otras propiedades, también son a su vez propiedades en si mismas. El no haber caído en esta doble naturaleza, me hizo pensar que la pregunta que lanzaba era interesante y/o astuta, y ahora al pensarlo un poco veo que no lo era.
En fin, si bien me haría ilusión recibir algún tipo de contestación, aunque fuera solo por saber que hay alguien leyendo al otro lado, entiendo que el tema no haga ninguna gracia y que la prudencia vaya por delante. Yo no me la jugaría a ayudar a algún chorizo o "tipo loco abrecandados", así que no hay ningún problema.
Feliz año por adelantado a todos!
PD. De todas formas seguiré asomándome por aquí a ver si alguien comenta lo que sea, jejeje
En el código penal, las ganzúas son interpretadas como llave falsa, ya que las mismas son utilizadas para poder abrir cerraduras. Sobre portarlas o no, ahora mismo desconozco si se puede o no...Pero lo más seguro es que te fueran intervenidas, aunque todo dependen del contexto... lugar y circunstancias.
Sobre abrir o no un candado, como el ejemplo que has comentado, del candado de un bicicleta. Si la policía lo ve, o alguien lo ve y les llama. Te comes un HURTO como un castillo, aunque tu intención fuera la de practicar... porque eso es muy difícil probarlo, sin contar que el dueño puede verte...
En el caso de abrir un candado abandonado, como el caso que comentas que están en los puentes... al estar abandonado no cometerías el Hurto, pero si te ve la policía, ya te digo yo, que te las intervienen SI O SI, al tener indicios de que igual que abres ese candado, puedes abrir otro que no esté abandonado.
Sinceramente, lo de practicar con candados y cerraduras ajenos, además de que tiene mucha pinta de ilegal (como comentaba en el anterior post), no mola nada. Ponerse a jugar con algo que no te pertenece y que puedes cargarte, es un canteo, se mire como se mire. Lo proponía como un "desafío" a los participantes del foro, pero tras pensarlo, he visto que la respuesta es bastante obvia.
Sobre lo demás que has dicho, coincido contigo y te agradezco mucho que refuerces mis impresiones con tu opinión.
Si me da por hacer lo de los candados abandonados (que habría que verlo, jajaja), sería hablando primero con el ayuntamiento, o con agentes que haya por la zona. Y probablemente dejándome las ganzuas en casa para que no me las requisen por chisposo :D
Me quedo con la duda de como estar seguro de que no es ilegal portarlas. ¿como sabe uno que algo no es ilegal? Entiendo que claro, no va a haber un listado de cosas que son legales para poder consultarlo y salir de dudas, jajaja Se habla de lo ilegal, y lo demás se entiende como legal. Pero ¿cómo sé yo que no me he dejado por ahí perdido tal texto relevante? ¿Como sale uno de dudas en estos casos? Seguro que es algo muy común, ¿verdad?
Muchas gracias de nuevo por la respuesta y el interés y muy feliz año nuevo! :)
El mero hecho de llevar ganzúas no es punible penalmente. Ya hace tiempo que, quien puede decirlo, dijo que sancionar eso vulneraba la presunción de inocencia. No obstante es muy probable que si la policía te pilla con ganzúas las requise en aplicación del art. 18 de la ley de seguridad ciudadana.
Por lo demás, todo lo que no está específicamente prohibido, está permitido. Forzar candados o cerraduras ajenas sin permiso del dueño (si lo hay) no está específicamente prohibido, pero si te pillan haciéndolo puedes comerte una tentativa de hurto o de robo con fuerza.
Lo mejor es que si por la razón que sea, quieres practicar, te compres los materiales.
Por los razonamientos que puse más arriba, lo de que formar cerraduras y candados ajenos esté permitido, me suena raro...
No sería como usar algo propiedad de otra persona sin su permiso? Seguro que eso (usar cosas de propiedad ajena) es ilegal!
De todas formas está claro que es solo una curiosidad que me planteé a nivel teórico, porque a nivel práctico es una insensatez jugársela con una chorrada así.
Por cierto, por si a alguno le interesa, os aclaro que las ganzuas y demás "técnicas ninja" similares, desde el punto de vista de un chorizo no tiene sentido ni planteárselas. Donde esté una cizalla, un taladro, o un ladrillazo a una ventana, que se quiten los rollos peliculeros. Y legalmente es lo mismo, así que dudo mucho que oigais de muchos criminales usándolas.
El único uso real de estas herramientas y técnicas es para cerrajería no destructiva (que encima los cerrajeros no usan, porque les interesa más venderte una cerradura nueva y llaves extra para la misma) y para James Bonds y similares, que me da que veremos en las pelis y poco más.
Ah! Y como hobby extravagante, para quedar como un McGiver con amigos y familiares ,y sobre todo poder hacer preguntas raras en foros de derecho, jajaja