Me gustaría llevar en el coche una porra de acero extensible por si se presentara una emergencia de autodefensa. Sé que no están permitidas para uso general; ¿tienen la consideración de armas? ¿qué pena o multa conlleva poseer una cosa de estas? Gracias por vuestras opiniones. Saludos.
Es un arma prohibida excepto para funcionarios especialmente habilitados.
La sanción puede ir desde una sanción económica por infracción a la LO 1/92 en concordancia con el Reglamento de Armas a la pena de privación de libertad por un delito de tenencia ilícita de un arma prohibida dependiendo de las circunstancias.
Además deberás tener en cuenta las posibles responsabilidades penales y civiles por las lesiones que ocasiones a terceros en caso de usarla contra ellos.
Veo que es muy estricta la legislación sobre estas armas en España; en Andorra se pueden comprar y tener en casa estas porras y otros artefactos eléctricos sin ningún problema. Gracias kapitan por el consejo; me olvido del asunto. Saludos.
Si te preocupa tu seguridad por algún motivo razonable que aquí no has expuesto, valora la posibilidad de llevar un spray con base de pimienta. Es un arma catalogada y aunque si te pillan con él en un lugar público, incluso en tu coche, tal y como están las cosas es muy posible que acabes denunciado, la sanción sería sólo económica y las responsabilidades penales o civiles nulas o casi.
Sí, la seguridad es una preocupación y tal vez adquiera un chisme de estos. La idea no es agredir a nadie sino poder defenderme en una situación extrema; en este caso la integridad física de mi familia y mía importa mucho más que la posible multa que me puedan imponer. Gracias de nuevo kapitan.