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¿porque los jueces....

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
31/03/2006 12:56
Hola de nuevo,

En principio, lo que decía era basándome en el sentido común y ayudándome con el C Civil, pues ni soy abogado ni entiendo nada de leyes. Pero en tu caso, y como creo que ya se ha comentado en este mismo apartado del foro, existe ya un derecho de uso y disfrute de la vivienda por parte de los niños y de la madre custodia. Y aunque también existe el derecho, por otra parte, a dividir la cosa común a instancias de cualquiera de los condueños, si este derecho significara un conflicto o la anulación del anterior, por cualquier causa, me temo que no podría ejercitarse puesto que prevalecería el derecho de los hijos a disponer de la vivienda en la que normalmente desarrollan, o pueden desarrollar mejor, su vida diaria. Al menos mientras que las circunstancias determinen que existe conflicto entre estos dos derechos.

Otra cosa es que se exponga al juez la situación y determine algo distinto pero si, ya y como dices, habéis llegado a un acuerdo entre vosotros y en los términos que has referido, no creo que un juez vaya a cambiar nada. Sobre todo, teniendo en cuenta que el acuerdo al que habéis llegado vosotros de forma consensuada es el mismo, o muiy parecido, al que el propio juez hubiera impuesto de haber tenido que mediar.

Es decir, creo que no se podría ejercitar el derecho de dividir la cosa común mientras los niños la necesiten.

Por supuesto, haría falta la opinión y confirmación, en su caso, de un profesional en todo lo que he dicho.
31/03/2006 11:20
El caso al que yo me refiero es más complicado. Existe una vivienda, propiedad de una pareja que de mutuo acuerdo se separa y de mutuo acuerdo se atribuye a los hijos el uso y disfrute de la vivienda y por ende a la madre que ostenta la custodia. Cada progenitor abona religiosamente su cuota hipotecaria (la propiedad tiene una hipoteca de 15 millones de las antiguas pesetas). Pasan 6 meses y el no custodio, que soy yo, quiere vender su parte de casa a la madre de los niños pero ésta no tiene recursos para hacer frente al pago de la parte proporcional que me correspondería si la vendiera. Por otro lado, no tengo según leo en los artículos que refieres, obligación de pertenecer a un pro indiviso.

Y en esencia no sé qué puedo hacer o a qué me puedo enfrentar en caso de presentar demanda de liquidación del pro indiviso.
31/03/2006 11:08
Hola Anónimo, buena pregunta la tuya.

Pero pienso que si ese fuera el caso y los dos, o más condueños, quisieran la vivienda, ya hubieran intentado adjudicársela uno de ellos por el simple juego de la oferta y la demanda, antes de acudir al juez. Es decir, supón que tu eres mi socio y yo te quiero comprar tu mitad ofreciéndote una cantidad. Pero si tu no quieres vendérmela no tienes por qué hacerlo. Y si además quieres comprar la mía, yo no tendría por qué hacerlo a no ser que me incentivaras con más dinero. Y nada de éso necesitaría de ninguna acción judicial.

Ahora, si se planteara el tema de que un condueño quisiera abandonar la comunidad, le asistiría el derecho de hacerlo como ejercicio de su libertad. Y eso es lo que contemplaría, pienso yo, el art. 400 del CC cuando, imagino que para salvaguardar la libertad de las personas, dice:

"Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común."

Y si el otro socio o socios se oponen a lo dicho, entonces sería cuando entraría el juez y obraría según el posterior artículo 404, que dice exactamente:

"Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio."

Yo pienso que la respuesta está en estos artículos, y ateniéndose extrictamente a lo que dicen.

Saludos
31/03/2006 08:52
Separadp, ¿sabes qué pasos se siguen cuando uno de los comuneros interpone una demanda de división de la cosa común?. Imagino que antes de llegar a subasta pública el juez o jueza que lleve el caso, ofrece a ambos comuneros la posibilidad de hacerse con la otra parte pagando lo que tase el juzgado, un banco o a quien se designe dicha tarea, no?

¿Qué pasaría si ambos quisieran comprar la parte del otro?´.
30/03/2006 21:10
De lo dicho anteriormente podría incluso deducirse el negocio que algunas (no quiero decir que sea "cosilla" una de ellas, por supuesto) pretenden montar con la vivienda adjudicada, tras la separación, y gracias al hecho de poder venderla si no les gusta, cosa que el otro no podría hacer. Lo único que sí podría, sería negarse a ello para evitar que la otra haga negocio, y partiendo de la base de que si el juez ha adjudicado el uso de la vivienda a la mujer, se supone que lo hizo con la intención de que pudiera vivir en ella y no para comerciar con su venta.

Pero claro, el negocio se puede ir a pique si se insta la división judicial de forma unilateral, cosa que se puede hacer perfectamente según el art. 400 del CC. Es decir, cuando el otro copropietario no quiera "cooperar" vendiéndola a precio de mercado o viéndose obligado a recomprar, a ese mismo precio, lo que posiblemente ya ha pagado y porque sí le guste la vivienda. Lo cual echaría por tierra, en la subasta, el negocio de la otra. Tampoco parece muy buena la solución de abandonar la vivienda y que algún "okupa caradura" se instale en ella. Por lo que, mientras tanto, una solución rentable para proteger el negocio sería no vivir, ni dejar vivir a los demás.

Saludos
30/03/2006 19:44
Hay un detalle, Anónimo, y es que si sale a subasta la vivienda común, ninguno de los copropieatrios puede pujar en ella porque, previamente, ambos han tenido la oportunidad de quedarse con la totalidad indemnizando con la mitad al otro copropieaterio, según el art. 404 del CC si no recuerdo mal. Pero a precio de mercado.

Es decir, si la vivienda se valora en diez, pongamos por caso, uno de los propieatrios le dáría 5 al otro y se adjuciaría la vivienda. Pero si no lo hacen, saldrá a subasta y sólo podran pujar terceros, que se la podrían quedar por 2, por 1 o por menos. Pero nunca los propietarios, porque se supone que anteriormente renunciaron a la propiedad de la vivienda.
30/03/2006 16:19
Cosilla, sigues sin definirte demasiado bien.
Si tienes una casa a medias, y él no quiere vender, ¿por qué no instas judicialmente la división de la cosa común? ¿Si sale a subasta, no puedes comprar su parte??
30/03/2006 14:42
Ah! Por mi ya estaría vendida, el que quiere pagar por ella menos del 50% de su valor es el...demasiado trabajo en mi vida y en la de mis padres para regalarle lo unico que le importa. Y claro, no quiere venderla a terceros porque entonces ya no la podrá tener el...por mi...si pudiera, se la regalaría, pero lamentablemente no me sobra el dinero...claro....no todas tenemos un marido "caja registradora"...(esto lo lei un día por estos parajes...).Si paga lo que vale...toda suya
30/03/2006 14:38
Perdigón: dependiendo de con quien te informes estás bien informado, mal o regular....y en estos asuntos no hay que quedarse con una opinión. Unico propietario, nada más lejos de la verdad...te sorprendería saber la cantidad de muejres que somos las que mantenemos a nuestros maridos y aun así, cometemos el error que muchos hombres resfriegan una y otra vez...ponerlo todo a nombre de los dos. Respecto a lo de aposentarse, sin duda es lo que el quiere y lo que otros/as muchos seguro también persiguen, seguir viviendo del cuento.Respecto a lo de ser madre custodia o si me molesta, por educación y respeto a este foro, me guardo mi respuesta.
Se valora la vivienda, precio de mercado, y se inicia el procedimiento legal. Sale a subasta por ese valor de mercado, y si no se vende, se rebaja...es un procedimiento muy costoso pero consigues vender algo sobre lo que no hay posibilidad de llegar a acuerdo. Mi situación: medidas provisionales con guarda y custodia.Saludos.
28/03/2006 18:24
Soy uno de los pocos padres, a quien se les ha dado la custodia de los hijos ( yo fui el demandado, asi que figurense como redactaron entre mi ex y su abogada la demanda de separaci{on contenciosa), "hasta que sean independientes economicamente". Mi hija con 23 años, ingeniera superior la contrataron 5 dias antes de la vista oral de separacion y alegamos en el juicio que ya era independiente econ{omicamente.
Mi hijo menor tiene ahora 23 años, pero no ha terminado la ingeneria y tiene una beca.
Mi ex gana ahora bastante mas que yo, y en la vista oral del divorcio, aceptado por las dos partes, que cuando mi hijo menor cumpliese 25 años, el uso de la vivienda familiar, seria de uso alternativo por años.
mi pregunata es la siguiente. ¿ Puede poner mi ex, algun impedimento legal, para prolongar la anualidad, si no hay todavia liquidaci{on de la sociedad de gananciales, para prolongar su estancia en la vivienda?.
28/03/2006 18:16
Perdona Ferro pero no entiendo qué quieres decir.
28/03/2006 17:59
Anonimo

Mientras que un usufructo es valorable y objeto de trafico mercantil en su caso, la adjudicacion del uso d ela vivienda familiar, no
28/03/2006 17:21
Perdigón, ¿tu sabes si es o no cierto que ambos pueden instar la división de la cosa común haya o no atribución a menores o a un custodio?

28/03/2006 17:02
Sorprende leerte, cosilla, en una respuesta diciendo que estás bien informada y dos más abajo que te estás informando.

Yo he dado mi parecer argumentándolo y lógicamente no voy a cambiar de opinión a no ser que tambien se argumente la otra posición. Pero el lastimero "...ay predigón" no representa argumentación alguna. Sigo sin entender en que te perjudica el hecho de ser madre custodia, a no ser que no quieras vender la vivienda a la vez que te opones a que "se aposente el caradura" que siendo tambien (o quizás unico) propietario no tiene derecho a usarla ni tan siquiera sin vivir, por propoia voluntad, tus hijos y tu en ella.
Mientras no expliques con mayor detalle ese proceder (ni como ni dejo comer; ni vendo ni la uso) tan solo puedo imaginar que deseas que obtener su parte a precio de "ganga" y por ello te sientes perjudicada.
28/03/2006 16:44
Si sacas algo en claro una vez te informes por favor cuelga un post sobre el tema.

Te lo agradecería mucho.
28/03/2006 16:39
me estoy informando
28/03/2006 15:05
Cosilla, ¿no puedes pedir la división de la cosa común para obligarle a vender y librarte de el problema?
28/03/2006 14:42
La ley me impide que me vaya de casa sin correr el riesgo que se aposente el caradaura. Vivo fuera de ese piso y solo paso una noche cada 15 días ahí...ay perdigón... siempre el padre no custodio, Y NO EL NO CUSTODIO SEA QUIEN SEA...es el perjudicado...ay perdigón...que siemrpe estás a la defensiva...estoy bien informada de MI situación y aquel que piense que está informado de todo...tiene un problema
28/03/2006 09:52
No podrá invalidar ese uso y disfrute pero sí podrá, al igual que el custodio, acudir al proceso de división de la cosa común, no?

No veo la diferencia entre lo que uno u otro pueda conseguir.
28/03/2006 09:48
Si el conyuge custodio unico del menor/es desea vender el domicilio familiar el no custodio no podra impedirlo ya que acudira al proceso de division de la cosa comun y en este caso al ser indivisible sera subastado si es necesario contra la voluntad del no custodio
Sera el conyuge no custodio quien no podra invalidar el derecho de uso que no de usufructo ( sutil pero trascendentisimamente diferente) que se adjudica al hijo/s hasta la plena independencia economica y por ende a su custodio unico