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Porcentaje ocupación en solar con retranqueo obligatorio

2 Comentarios
 
Porcentaje ocupación en solar con retranqueo obligatorio
11/05/2006 20:32
Tengo un solar calificado como Manzana Cerrada en el que es obligatorio retranquear la edificación respecto del acerado quedando un espacio libre delantero. He solicitado licencia en la que el proyecto, basándose en todos los casos idénticos anteriores, plantea una ocupación del solar equivalente al 70% de la totalidad del solar. No obstante el nuevo técnico del Ayuntamiento, con un criterio contrario al seguido hasta la actualidad, informa desfavorablemente por estimar que el cómputo del 70% ha de ser sobre la superficie resultante una vez se descuente el espacio delantero afectado por el retranqueo. PREGUNTA: ¿Cual estiman ustedes que debe ser la superficie de solar sobre la que ha de computarse el 70% de ocupación?
El PGOU en la correspondiente ordenanza de zona establede únicamente que la ocupación deberá ser el 70% del del solar.
12/05/2006 11:58
Pues lo mas probable sera que el "espiritu" del Plan, fue asignar el 70%, precisamente por la obligacion del retranqueo a via.
El nuevo tecnico parece ser "el mas listo del barrio", pero prevalece el criterio aplicado en casos anteriores similares.
Que lo informe por escrito y recurrirlo.
13/05/2006 07:37
En todo caso dispone de la misma edificabilidad, por lo que si ocupa menos solar, implica un aumento de alttura.
El volumen edificable será el mismo.
Vea si la Ordenanza permite más altura.