pues, como arquitecto, supongo que depende:
- de si mantiene los derechos de edificabilidad sobre la superficie de suelo expropiada
- de la relación de esa superficie, y de la de la porción de parcela no expropiada, con la marcada como parcela mínima
- de la medida en que esa servidumbre de paso, aunque con carácter de ocupación permanente, le permite un uso privativo de la porción expropiada ... porque no es lo mismo si ese paso sea una vía pública o si ese paso es de redes subterráneas
en fin, que hay matices valorables
Porcentages en una compensación de expropiación forzoso
Un cliente mio ha recibido una valoración de parte del ayuntamiento suyo, en que figura que se le compensa una ocupación permanente (servitud de paso) con 50% del valor de m2.