No, lo lógico y correcto es propiedad horizontal. Las viviendas en un edificio de varias plantas vienen limitadas horizontalmente entre ellas (además de verticalmente, como cualquier otra propiedad inmobiliaria). El límite entre el piso del 2ºA y del 3ºA es horizontal, no vertical.
La propiedad clásica del terreno es vertical: hay un límite sobre terreno y pertenece todo lo que hay por encima o debajo de ese límite. No es un cuadrado, por ejemplo (si tiene esta forma), sino un prisma hacia arriba y hacia abajo. La propiedad horizontal supone un fraccionamiento en horizontal de esa propiedad vertical: es propiedad exclusiva hasta ciertos limites horizontales, y común el resto.
Luego ya las urbanizaciones y tal en este régimen es por adaptarse a un régimen jurídico ya existente en cuanto a zonas comunes, aunque técnicamente (de forma física) no son propiedad horizontal, sólo como asimiladas en cuanto a régimen jurídico.