A ver, entiendo que existe un convenio regulador por sentencia de divorcio en el que, entre otras cuestiones, se establece un régimen de visitas al padre no custodio. Por tanto, si incumple, denuncia el hecho, será un juicio de faltas en donde no es preceptivo ni abogado ni procurador, y el día del juicio ratificas tu denuncia en los términos que nos has contado aquí. Si a pesar de la no obligación de llevar abogado quieres llevar a uno, puedes hacerlo abonandole sus honorarios por su trabajo, es decir, por asumir tu defensa desde un punto de vista profesional. No creo que se pierda un juicio por incumplimento de régimen de visitas que está en una sentencia y estas han de cumplirse por ambas partes. Saludos
Hola, voy a poner una denuncia por que mi ex no viene a por sus hijos uno de 15 y otro de 8.Quisiera saber que tengo que hacer y que me puede pasar? tendria que pagar yo el juicio o el abogado de mi ex en caso de que lo presentara? gracias