Buenas noches. En el trabajo cobro un suplemento por quebranto de moneda, ya que tenemos que cobrar a los clientes. Mi pregunta es la siguiente: Por el pago de este suplento puede la empresa obligarme a llevarme todos los días la recaudación a casa para ingresarla en el banco a final de mes, o tendría que ampliar ese suplemento, ya que se corre un riesgo al llevarme ese dinero a casa y custodiarlo durante todo el mes?. Gracias anticipadas. Botia
Yo entiendo que si el quebranto de moneda digamos que es para compensar los riesgos o perjuicios que supone el manejar dinero ya que puede haber errores de calculo o périda de efectivo, es hasta ahí, pero no para que el trabajador sea depositario de un dinero que en principio y mientras no se ingresa en el banco, debería estar custodiado en las dependencias de la empresa que es la que tiene que tener medios más adecuados para ello, y además entiendo que la responsabilidad de la guarda y custodia fuera de los horarios de trabajo no es del trabajador sino de la empresa, que para eso es suyo el dinero.
La respuesta es NO, no puede obligarte a llevarte a casa, a tu ambito privado, un dinero que no te pertenece. Otra cosa es que si aumenta el suplemento y tú aceptas esa responsabilidad..., pues nada, adelante, pero te recomendaría que todo por escrito.