Hola a ver la mayoría de cosas que se pueda decir de valor que digamos ya me los trajo con furgoneta suya, pero hay cosas como un cuadro muy grande una silla que dice que lo tiene guardado en la furgoneta y ya me lo dará. Y lo que me queda de valor en esa casa, pues un puela de hacer leña antes muy antiguo y lo pintamos con pintura ya no se puede usar, unas cajones de cerezo dos tengo (pero pienso que esas cajoneras las va a usar) un caja de herramientas, una balancín de esos de antaño, una motosierra, la lavadora y nevera que lo uso el inquilino, una micadena de musica y poca cosa más
El primer paso, en ese caso, sería mandarle un requerimiento con burofax exigiendo, bien que se le entreguen a usted esas cosas de valor, bien que se mantengan en la casa porque su falta será denunciada como apropiación indebida.
Lo que no alcanzo a comprender es cómo deja usted unas cosas de valor en poder del inqulino, pero eso es otro cantar, supongo.
Pero tu dijiste que "Hola, tengo un contrato de 10 años firmado en noviembre de 2023 de 10 años con un acuerdo de unas obras que me haga a un precio bajo del alquiler. " O sea, la persona está cumpiendo el contrato. Haciendole obras a cambio de bajo alquiler. No veo el problema
Pero vosotros reformariais una casa que no es vuestra? Es un contrato de 10€ con un alquiler precio muy barato.
Y las reformas no sé si la pica de la cocina o el inodoro wc o grifo de ducha son suyos comprados o le han dado en chatarra porque trabaja en un empresa de paleta
Las preguntas que hacen casi no son jurídicas, sino de construcción.
Yo no veo problema en lo que está haciendo el inquilino.
Si ha firmado que las obras se quedaran en la finca, pues así será, y si no pues al juzgado.
Necesitaríamos más detalles sobre los materiales y la mano de obra utilizados. Se puede dar una estimación general basada en los trabajos que mencionas:
Cambio de fregadero y pintura de la cocina: Dependiendo de los materiales y la mano de obra, pero podría andar entre 300 y 1000 euros.
Reubicación del contador de luz e instalación de cubierta: entre 500 y 1500 euros.
La ducha rústica e instalación de luces LED: Dependiendo del diseño y los materiales, podría costar entre 700 y 2000 euros.
El cristal roto: Podría andar entre 50 y 200 euros.
Como tenéis establecido que las reformas realizadas deben permanecer en la propiedad, no puede llevárselas. La cláusula es común y generalmente protege al propietario,
Asegúrate de que todas las reformas y mejoras consten incluidas en el contrato.
Fotografía todo lo que está realizando.
Como tenéis estipulado que se deben cambiar las ventanas, puedes recordarle al inquilino esta obligación si aún no lo ha hecho.
Si consideras que el inquilino no está cumpliendo con las reformas según lo pactado en el contrato, podrías tomar las siguientes acciones:
Envíale un escrito recordándole las reformas pendientes
Hola, tengo un inquilino que hace reformas en una casa que no es habitable, en el contrato pone reformar el cuarto de baño, todas las ventanas, la electricidad eléctrica y la cocina parcialmente. Bueno, la cocina ya cambiado de pica de una de mármol de hace 200 años por una de acero inoxidable y a pintado alrededor de la cocina, también el contador de luz lo a cambiado de sitio y a puesto una supultura de gremio o de cristal para proteger de la lluvia, el cuarto de baño en un corral un trozo cuadrado a echo una ducha rustica y las luces a puesto luces led, lo que veo es que de momento no a echo las ventanas solo cambio un critsal que estaba roto.
Como lo veis? Cuanto se a gastado en las obras?
Eso cuando finalize el contrato de arrendamiento no se lo puede llevar? Hay una cláusula que lo pone así que se tiene que quedar allí las reformas