Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pongotrasteros no me deja recuperar mis pertenencias

3 Comentarios
 
Pongotrasteros no me deja recuperar mis pertenencias
26/11/2024 19:04
Buenas noches,

En 2022 me enviaron comunicación de que la empresa donde guardaba mis cosas (tenía alquilado un trastero) quebró y de un día para otro me mandaron un contrato el cual tenía que firmar con otra empresa para que llevasen mis cosas a la misma.

Como estaba fuera del país me vi obligada a firmarlo y por cuestiones personales en un momento dado no pude seguir pagándolo.

El caso es que en ningún momento me dejaron acceder al mismo para retirar mis pertenencias, tengo muchos correos enviados en los que les reclamé para ir a por mis cosas y ni se dignaron a responder, y hoy me encuentro con que ya pensaba que había perdido todo y me llega un correo de ellos de publicidad y me da por preguntarles.

Me dicen que mis cosas las siguen teniendo y que tengo una deuda de 1700€ y que hasta que no la abone no me las devuelven.

Es legal lo que han hecho? Porque me han estado acumulando la mensualidad a pesar de haberles dicho mil veces que me dieran acceso y no me hicieron ni caso, y ahora me quieren cobrar hasta el día de hoy y no me quieren devolver mis cosas hasta que pague lo que ellos dicen?

me parece extraño y abusivo…gracias por vuestra ayuda!
26/11/2024 20:31
Pues todo va a ser materia de prueba.

En principio, parece ser que durante la vigencia del contrato usted dejó de pagarlo, por motivos (cuestiones) personales.

Es posible que dicho impago tuviera alguna influencia en que la empresa no contestara a sus correos, sobre todo si como parece desprenderse de su relato pretendía usted retirar sus enseres mientras existía una deuda por al custodia de los mismos.

El contrato de depósito se regula en el Código Civil, además habría que leer el propio contrato que usted firmó, pero considero que debe prestar especial atención a estos artículos:

"Artículo 1779.

El depositante está obligado a reembolsar al depositario los gastos que haya hecho para la conservación de la cosa depositada y a indemnizarle de todos los perjuicios que se le hayan seguido del depósito.

Artículo 1780.

El depositario puede retener en prenda la cosa depositada hasta el completo pago de lo que se le deba por razón del depósito."

Si usted en su día no saldó su deuda, me temo que ahora solamente cabe que abone los gastos que le reclaman -si se ajustan a lo estipulado en contrato- y recupere sus enseres, siempre que su valor sea superior a la cifra que le piden pagar.
26/11/2024 21:19
Hola!

Muchísimas gracias por tu respuesta.

He estado leyendo un poco y veo que ante la deuda impagada se reservan el derecho a restringir el acceso al trastero y a rescindir el contrato, contando yo con 7 días naturales para la retirada de enseres.

Mi duda reside en que, si restringen el acceso al trastero y dan por finalizado el contrato, cómo retiro mis pertenencias?

De hecho me mandaron documento de rescisión del contrato con esa información y al yo preguntarles cómo, cuándo y dónde recoger mis pertenencias hicieron caso omiso.

Por otro lado veo que me hicieron un contrato de prestación de servicios y no de arrendamiento, es eso legal?

Mil gracias!
26/11/2024 22:33
Techu123
Mire, esto está clarísimo: la empresa está jugando con usted. Si el contrato dice que, al dejar de pagar, le cierran el acceso al trastero y lo rescinden, vale, están en su derecho. Pero entonces, ¿cómo pretenden que saque sus cosas? ¿Por arte de magia? Que le tienen que dar un plazo razonable y explicarle el procedimiento para recogerlas, eso es de cajón. Si no lo hacen, están quedándose con lo suyo sin base legal.

Luego está el contrato. No es un alquiler, es un servicio de almacenamiento. ¿Qué significa? Que no alquila un espacio como si fuera un piso, sino que ellos le guardan las cosas y se reservan más control sobre el acceso. Eso es legal, no hay nada raro ahí. Pero lo que no pueden hacer es meter condiciones que le dejen vendido, porque ahí entra en juego la ley de consumidores. Y esa ley dice que si una cláusula le perjudica de manera desproporcionada, puede considerarse abusiva.

Ahora, lo de los siete días para recoger sus cosas. Vale, perfecto. Pero si ni le contestan ni le dicen cómo y dónde recogerlas, se están pasando de listos. No pueden darle un plazo y luego desaparecer. Ojo, ahí tiene toda la razón para reclamar.

¿Qué puede hacer?

Escríbales un mensaje formal pero claro. Pídales por escrito una explicación de cómo recuperar sus cosas. Que quede constancia. Use un burofax o algo parecido, no un simple correo.
Si no le hacen caso, métase en una OMIC o una asociación de consumidores como FACUA o OCU. Ponga una reclamación oficial.
Y si siguen sin mover un dedo, busque a alguien que revise el contrato. Si hay cláusulas que son una trampa o no cumplen con la ley, puede tirar por ahí. Además, con pruebas de que no le dejan recoger sus cosas, puede incluso pedir que le compensen por las molestias.

Ahora, un consejo práctico: piense en cuánto valen sus cosas. Si no llegan ni de lejos a los 1700 euros que le piden, quizá le salga más a cuenta negociar con ellos y zanjar el asunto. Pero si el valor es sentimental o supera esa cantidad, no deje que le tomen el pelo.

En resumen: no se lo ponga fácil, porque aquí no están jugando limpio. Pero váyase con estrategia y dejando todo bien documentado.