Buenas, aquí una duda que lleva rondandome unos días y no logro resolver.
Teníamos un local unos amigos (contrato de local almacen-trastero).
El uso que le dabamos era solo de ocio. Teníamos dardos, billar, TV, DvD.
El vecino llamó a la policía varias veces por el ruido y, aunque no superamos el nivel de dB maximo permitido, vinieron policias municipales y nacionales al inmueble. Un integrante del local les abrió y ellos pasaron. No tenían orden de registro y no registraron, solo entraron y miraron, anotaron que solo había 1 extintor homologado en los 70m2 de local y sin salida de emergencia dijeron que era ilegar estar ahi. Mi pregunta es: ¿Fue legal la entrada sin nuestro consentimiento?¿Es realmente ilegal estar en un local de esa manera?
Al final dejamos el local para no crear problemas pero me gustaría saber legalmente lo que se hubieramos podido hacer o no, o como enfrentarnos legalmente a esa situación.
Muchas gracias
En primer lugar, se requiere orden judicial para la entrada en domicilio y, en este caso, el local no tiene carácter de domicilio. En segundo lugar, hubo consentimiento en la entrada, sino explícito al dejarlos pasar, por lo menos tácito al no haber oposición expresa.
En cuanto a lo de ls extintores y salida de emergencia, imagino que corresponde a normativa administrativa sobre incendios y que variará en función del tamaño, la distribución y el uso del local.