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¿podría este casero reclamar legalmente 7 años y medio de rentas, luz, agua y gas?

8 Comentarios
 
¿podría este casero reclamar legalmente 7 años y medio de rentas, luz, agua y gas?
22/02/2008 16:11
Os escribo esto porque a mí me podría ocurrir, como a mucha gente joven e inconsciente en este pais.

Supongamos que estoy 6 meses en un apartamento, con el habitual contrato por un mínimo de un año prorrogable a cinco. Como soy joven e inconsciente, cuando me marcho le firmo al casero que me voy pero sin duplicado para mi. Además, tampoco le envío ningún burofax, porque no sé ni lo que es un burofax.

Supongamos que han pasado 8 años, durante los cuales no ha habido comunicación fehaciente entre mi y mi antiguo casero. Según la LAU, esto significa que el contrato se prorroga automáticamente año tras año. Después de estos 8 años, recibo una llamada de teléfono de aquel casero: Hola chaval, ¿te acuerdas de mi? ¡¡ME DEBES 7 AÑOS Y MEDIO DE RENTAS, LUZ, AGUA Y GAS!!

La cuestión obvia que planteo es: ¿podría este casero reclamar legalmente 7 años y medio de rentas, luz, agua y gas?
perfil Jan
25/02/2008 10:59
Hola juanjo34. La acción para reclamar las rentas PRESCRIBIRÍAN a los 5 años a contar desde que se tuvo posibilidad de reclamarlas. La de los consumos de agua, luz y gas PRESCRIBIRÍAN a los 15 años.

Reciba un cordial saludo.
25/02/2008 11:46

Date una vueltecita por el barrio donde está ese piso y pregunta a los vecinos si ha estado alquilado durante este tiempo (te dirán que sí)

Así ya tendrás testigos de que tú no has vivido alí durante ese tiempo

Por otro lado, durante este tiempo imagino que habrás estado de alquiler en algún otro sitio, pues ve buscando recibos del alquiler, fatcuras a esos domicilios, etc.

Con eso espera a ver si te denuncia ante elo juzgado (que no creo) y si lo hace presenta toda esa documentación a tu abogado

saludos y suerte

carlos pascual
www.servilegal.es
info@servilegal.es
25/02/2008 11:47
Gracias Jan por tu respuesta. Por favor, permíteme que exponga otra pregunta.

Supongamos que la reclamación se produce dentro de los cinco años de prescripción. Por ejemplo, a los 4 años de haberme ido me reclama 4 años de rentas. Si yo puedo probar que he estado viviendo en otro sitio, ¿podría realmente este casero reclamarme las rentas? ¿Habría alguna posibilidad real de defenderse?
25/02/2008 11:53
Gracias soycarlitos por tu respuesta. Supongo que tu respuesta responde a la pregunta que le acabo de formular a Jan. Por favor Jan, si tienes algún comentario adicional a los de soycarlitos, te lo agradecería en el alma.

Muchas gracias.
perfil Jan
25/02/2008 11:55
Hola juanjo34. En el caso que plantea sí podría haber lugar a defensa a través de pruebas testificales,la confesión judicial y la prueba documental.

Vg Testifical. La de los vecinos de la antigua vivienda.

Vg. Confesional. Su declaración y la del arrendador,el cual podría incurrir en errores.

Vg Documental. Nuevo contrato de alquiler, el nuevo contrato de alquiler de la antigua vivienda(si la volvió a arrendar, la domiciliación de pagos en la nueva vivienda, los consumos de agua, luz, gas de la anterior vivienda(serán mínimos si nadie vivía en ella)...

Reciba un cordial saludo.
perfil Jan
25/02/2008 17:41
Hola juanjo34. En el caso que plantea sí podría haber lugar a defensa a través de pruebas testificales,la confesión judicial y la prueba documental.

Vg Testifical. La de los vecinos de la antigua vivienda.

Vg. Confesional. Su declaración y la del arrendador,el cual podría incurrir en errores.

Vg Documental. Nuevo contrato de alquiler, el nuevo contrato de alquiler de la antigua vivienda(si la volvió a arrendar, la domiciliación de pagos en la nueva vivienda, los consumos de agua, luz, gas de la anterior vivienda(serán mínimos si nadie vivía en ella)...

Reciba un cordial saludo.
28/02/2008 12:09
Hola, a ver si alguien me puede ayudar. Mi hermano y yo hemos heredado un piso de nuestra madre y tiene un “alquiler de renta antigua”, el contrato es verbal y aproximadamente del año 82, pagan una renta de 35 euros. Cuando salio la nueva ley de arrendamientos urbanos se les pidió justificantes de ingresos de los componentes de las personas que forman la unidad familiar y volante de empadronamiento y solo se les pudo aplicar la subida del IPC y repercutir el IBI. Pero desde el año 2002 y anteriores no se les ha vuelto a actualizar la renta. Mi pregunta es la siguiente:

1º.- Sí se les vuelve solicitar la documentación y siguen reuniendo los mismos requisitos ¿hay que aplicarles le IPC de por vida? ¿Se puede subir el alquiler con carácter retroactivo? ¿Se les puede reclamar los IBI de ejercicios anteriores?. ¿En que tiempo tienen que contestar a nuestro requerimiento de que presente documentación?, pues la vez anterior tardaron mas de un mes.

2º.- También quisiera saber si se puede repercutir los gastos de comunidad y obras realizadas en el edificio. GRACIAS
perfil Jan
28/02/2008 12:36
Hola sangu.Su consulta es demasiado compleja para poder resolverla en este foro dada la fecha de celebración del contrato.

Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en materia arrendaticia.

Reciba un cordial saludo.