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¿podre cobrar el paro?

1 Comentarios
 
¿podre cobrar el paro?
05/11/2018 11:55
Buenos dias.
El caso es que estuve trabajando en un almacen, y debido a circunstancias, tuve que cojer la baja pues me rompi el meñisco y muy posiblemente el ligamento anterior (Accidente no laboral), la empresa en la que estaba me aguanto 1 mes y me acabaron echando, asi que despues del despido fui a informarme sobre si podria cobrar algo pues estaba de baja sin poder trabajar a la seguridad social, ahi me dijeron que no podia cobrar nada pues no tenia el minimo de 180 dias cotizados.
Asi que me quede sin cobrar nada unos meses, hasta que en mi casa no podiamos mantenernos y tuve que cojer el alta y ponerme a trabajar en un taller, en el que no aguante mas de 1 mes debido al jefe ( No voy a enrollarme a contar porque os cuento la biblia a este paso)
El caso es que ahora, no puedo cobrar el paro, pues ha sido baja voluntaria, y no puedo cobrar la baja pues no estoy de baja, valga la rebundancia.
La cuestion es, ahora tengo 212 dias cotizados, para poder cobrar el paro, me valdria con trabajar algunos dias en algun trabajo temporal? Via empresas de trabajo temporal, etc...
Estoy desesperado, pues con 20 años, estoy a la espera de la astroscopia que me van a hacer, sin poder encontrar un trabajo estable pues mi rodilla no me lo permite, y en mi casa necesitan dinero
Espero haberme explicado lo suficientemente bien, y siento el toston, un saludo
06/11/2018 16:51
Lander
Ánimo. Todo se irá resolviendo. La baja que tuviste, por lo que cuentas, fue por accidente no laboral. Por dicha causa, NO SE PIDEN DÍAS DE COTIZACION (artículo 172 de la Ley General de la Seguridad Social vigente): tan sólo, que estés de Alta en la S. Social, en el momento de la baja médica. Aunque estés de alta médica, sería bueno que fueras a ver a tu médico de cabecera, a ver si puede rehacer la baja médica, para constatar en ella que fue por accidente no laboral. Si se niega, te queda otra posibilidad: acércate a la Inspección Médica de los Servicios Sanitarios más cercana, que te corresponda por razón de tu domicilio. Si lo logras -que te lo hagan por accidente no laboral-, remueve papeles rápido, a ver si consigues que te paguen el período de baja médica que tuviste dentro del contrato y tras la extinción del mismo -previa solicitud ante la Mutua o ante el INSS, según con qué entidad tenga tu empresa anterior concertada la cobertura de las contingencias comunes-. Más que correr, vuela: el no ya lo tienes. Ánimo!