En la notaría no me saben aclarar si es posible hacer un poder notarial del siguiente tipo:
Sr.de nacionalidad alemana que, ostentando la patria postestad y la guarda y custodia de sus hijos en virtud de sentencia de divorcio, quiere hacer unos poderes a favor de su sobrino y su novia para que, cuando él no esté residiendo en España (puesto que el Sr. ahora se ha empadronado en España) por motivos laborales, su sobrino y su novia puedan velar por sus hijos (pudiendo decidir sobre temas sanitarios, escolares, etc..).
En la notaría me dicen que no creen que se puedan hacer unos poderes así, pero que no lo tienen claro. No sé cómo hacerlo para que este sr. pueda dejar sus hijos a cargo de su sobrino y compañera para cuando él no esté en España (a temporadas). ¿Cuál créeis que es la solución?
Creo que es mejor una comunicación en tal sentido en los autos de divorcio, en los que seguramente darán traslado a la otra parte para que alegue lo que a su derecho convenga. No veo otra salida, ya que lo del poder notarial a favor de los familiares no me parece muy acertado. Espero haberte ayudado. Un saludo.
la guarda y custodia, y sobre todo la patria potestad, es personalísima. Yo creo incluso que un intento de otorgar poderes en tal sentido, si sus ausencias son prolongadas, puede dar lugar a la pérdida de la guarda y custodia.
Muchas gracias por vuestra respuestas compañeros, finalmente me decí a ir a otra notaría y allí me explicaron que lo que podía hacer era que mi cliente hiciera unos poderes otorgando poderes de representación del mismo en las cuestiones de caracter sanitario, educacional-lúdico, policial-judicial, etc, que afectaran a sus hijos. Con lo cual así lo hemos hecho y de momento espero que no haya ningún problema.