Es una cuestión de conveniencia, aporta los originales a la demanda, de esa ningún funcionario va a obstaculizarte por ese motivo, el curso de la misma.
Los procuradores estamos mas que hartos de presentar copias de los poderes en nuestras demandas y escritos y ningún Juzgado nos recrimina por eso. Ten encuenta que si posteriormente lo necesitas vas a tener que pedir el desglose del documento, y te vana marear un poco mas. Un consejo, aporta la copia, pero ten a mano el original, por si acaso; una vez terminado el pleito no tendrás que estar pendiente de que te devuelvan tu escritura original.
Mi pregunta es si un abogado y un procurador pueden presentarse en un Juzgado y solicitar examinar unos autos diciendo que van de parte de un demandado pero sin acreditar tener poder, cuando ya dicho demandado tiene nombrado otro abogado y procurador en dichos autos. Que responsabilidad tendrian el Secretario y funcionarios del Juzgado que los han autorizado.