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Poderes apud acta defectuosos?

1 Comentarios
 
Poderes apud acta defectuosos?
25/04/2007 13:18
Hola compañeros, quisiera que me comentarais qué puedo hacer en este caso:
Mi cliente es una sociedad, donde hay dos administradores mancomunados.
Hace poco hemos presentado un recurso de apelación, con apoderamiento apud acta otorgado en el juzgado por uno solo de los administradores (que alegaba además que era administrador mancomunado). A mí y al procurador se nos pasó por alto, pero ahora la parte contraria alega en su recurso de oposición a la apelación que la Sala deberá pronunciarse sobre dicho hecho porque debería de haberse apoderado al procurador por parte de los dos administradores mancomunados y sino el recurso se tiene que considerar promovido por el procurador careciendo de facultades suficientes.
Qué haríais al respecto? Podemos y/o debemos subsanar ese defecto ante el Juzgado de 1ª Instancia, apoderando otra vez pero esta vez los dos administradores mancomunados?
26/04/2007 22:25
Estimada compañera: Para chulo el apelado, chulo el apelante. Dado que se trata de un defecto subsanable, yo me iría a un notario con ambos administradores y otorgaría el más amplio poder posible para pleitos ante notario y lo aportaría a la Sala incluso sin que ésta me lo pidiera, a fin de garantizar o mejor dicho, evitar toda posibilidad de un defecto por falta de representación procesal, que ya te repito que se trata de un defecto subsanable. tranquila.