Buenos días,
Mi padre tiene un poder notarial en que autoriza a pleitear a un abogado y un procurador otorgándoles derechos universales o algo así. En caso de que mi padre fallezca ¿el poder queda automáticamente extinguido a causa de su fallecimiento EN TODO CASO, o incluso fallecido podrían obrar en su nombre EN ALGUNA CIRCUSNSTANCIA?. Gracias por su ayuda.
Buenas tardes,
Lanzo de nuevo la pregunta, pues al parece, según veo en internet, hay una sentencia del tribunal supremo que autorizó a usar un poder para pleitear a pesar de la defunción de la persona otorgó el poder. ¿Cómo puede ser esto?. Agradecería respuesta, por favor, ...
Y, en su caso, qué hay que hacer para anular el susodicho poder, ... ¿es prescriptivo volver a pasar por el notario, o con notificárselo fehacientemente a abogado y procurador es suficiente?. Gracias de nuevo.