Las "competencias" notariales en el extranjero las tienen los cónsules, así que será ante él ante quien ha de otorgar el poder. En cualquier caso si se trata de un contrato privado, no sería obligatoria que conste en escritura pública el apoderamiento. Otra cosa es que la otra parte la exija para mayor seguridad...
Esto mejor lo preguntas en la notaría en la que se vaya a realizar la operación, la de aquí, no la de Francia. Son ellos los podrían poner impedimentos o no, y quizás el registro de la propiedad.
Es posible que te pidan una traducción al castellano hecha en el consulado.
Buenas tardes
Queria preguntar si se puede hacer un poder notarial es para contrato de arras de una vivienda y el poder en este caso seria de una persona que esta en francia para hacerselo a su hermana y poder actuar en su nombre en este acto, cuanto tardaría aproximadamente ect
gracias