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Poder general para pleitos

3 Comentarios
 
Poder general para pleitos
25/11/2015 11:30
Una duda: ¿Tengo que dar al juzgado el documento original del poder general para pleitos al presentar una demanda o vale con la fotocopia?

Muchas gracias!
25/11/2015 13:13
Si hay poder es que hay abogado y/o procurador. Ellos te contestarán a la pregunta y si no te fías, cambia.
27/11/2015 09:41
Creo que te he contestado en otro foro, pero de todas formas lo repito: puedes aportar la copia del poder, y si te notifican para aportar el original, te presentas con el original en el Juzgado y que cotejen con la copia aportada. Yo he presentado siempre copias de los poderes del procurador y nunca he tenido ningún problema.

Saludos.
27/11/2015 10:15
AR, eso depende mucho del juzgado...pero ojo que ahora con la modificación de la LEC, tanto en el momento del apoderamiento como en la forma de presentar los documentos, el tema puede ser más delicado...