En un principio no veo ningún inconveniente de que no pueda, si le llevan la documentación para firmarla en casa. Es más incluso, puede ser necesario firmar la orden de transferencias bancarias para que cobren los empleados de la empresa, y no exista otra firma. Si le han conferido poderes, y se limita solo a eso, únicamente responderá de sus acciones ante el poderdante.
Saludos.
Tenemos en nuestra empresa una trabajadora que se encuentra de baja maternal o descanso maternal.Por unas determinadas circunstancia a esta trabajadora se le ha tenido que dar poderes de firmas.Esta trabajadora va a renunciar al descanso maternal para poder ostentar esta nueva situación.mi pregunta es la siguiente;¿Puede esta trabajadora seguir de descanso maternal ya que le quedan 20 dias, y firmar en nombre de la empresa?Gracias