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Poder Apud Acta

7 Comentarios
 
19/09/2014 09:59
Para Redbaron: Que no sea preceptiva la intervención de Abogado y Procurador significa que no es obligatoria su actuación; pero si alguien desea que otro actúe en su nombre, debe otorgar poder de representación exclusivamente a un Procurador.
El art. 23 de la LEC, establece que 1. La comparecencia en juicio será por medio de Procurador, que habrá de ser licenciado en Derecho, legalmente habilitado para actuar en el Tribunal que conozca del juicio. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, podrán los litigantes comparecer por SÍ MISMOS...
Ver también art 32. Intervención no preceptiva de abogado y procurador.
18/09/2014 21:39
Es una minuta de una transacción, que realmente lleve yo, pero por motivos de despacho se facturó a nombre de mi compañero. En la propia oposición la otra parte reconoce que el que llevó el asunto fui yo. De ahí que quiera acudir yo. Pero no sabía si con un poder podría hacerlo.
18/09/2014 19:59
y otra cuestión:

Si es una minuta
¿Por que no presentó una jura de cuentas?
18/09/2014 19:58
No estoy de acuerdo con tripoli

Si no es preceptivo la asistencia de un procurador por que no se puede conferir representación a un letrado ,¿donde se prohíbe eso?
18/09/2014 10:12
Tampoco. En civil la representación procesal corresponde únicamente a los Procuradores. O comparece él mismo o comparece un Procurador en su nombre y, tú, como Abogado, asistes a cualquiera de ellos.
Las diferencias entre Poder "Apud Acta" y Notarial, son ante quién se otorga y que el primero es gratis.
17/09/2014 17:25
Me podría dar un poder notarial? Si así fuera, cual? No me preocupa mucho lo de no acudir a la vista y darlo por confeso, lo que me preocupa es no estar correctamente representado.

Muchas gracias.
17/09/2014 13:51
No. En civil la representación procesal corresponde únicamente a los Procuradores.
La mejor solución es designar "apud acta" a un Procurador. No obstante hay que tener en cuenta que si la otra parte solicita la confesoria del actor, y éste no ha comparecido a la vista, podrá tenérsele por confeso.
Poder apud acta
17/09/2014 13:42
Hola

Se insto procedimiento monitorio en reclamación de minuta de un compañero, en el mismo se señaló mi dirección letrada. Como la otra parte se opuso, se va a celebrar juicio verbal. Por el importe, no es preceptivo ni el uso de abogado ni de procurador. Pero la pregunta es:
¿Puede mediante “apud acta” autorizarme mi compañero para que acuda al juicio por él? Si no se pudiera, cual es la mejor solución?

Un saludo y gracias