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¿podemos ahora interponer apelación?

1 Comentarios
 
16/07/2007 18:57
No acabo de entender muy bien lo que dices.

De todas formas, lo primero es que actualices tu Lecr, ya que el 789 nada tiene que ver con recursos en instrucción.

El 216 y siguientes establecen la regulación. Yo entiendo que reforma y posterior apelación.

Pero si puedes pedir la reapertura por haber nuevas pruebas, ¿pa que complicarte?
¿podemos ahora interponer apelación?
16/07/2007 18:18


dictan un auto de sobreseimiento de diligencias previas, en el que se indica que cabe recurso de reforma y/o apelación, y al interponer reforma declaran "no haber lugar al recurso"?
En un sobreseimiento provisional solo cabe apelación según el art. 789.5.4ª`párrafo 2 LeCrim.
Por tanto¿podemos ahora interponer apelación, pedir solo reapertura(tenemos mas documentos) o instar la rectificación del auto de sobreseimiento?