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Plusvalías

1 Comentarios
 
06/05/2004 22:54
Actualmente el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antigüa plusvalía), están regulados por los ayuntamiento con lo cual ellos te podrán calcular el importe, si lo aplican.
La forma de cálculo suele ser multiplicas el valor del terreno del Impuesto de Bienes Inmuebles, en el momento del devengo (venta) por el número de años en tú poder, por un coeficiente que puede estar en torno al 3.4% y el resultado por el 24% (pero esto puede variar por cada ayuntamiento).
Pero lo, anteriormente, dicho es para terrenos edificables no para terreno agrícola que estaría exento. De todas formas tendrás que ver la Ordenanza Fiscal del municipio donde radiquen los terrenos.
Puedes eludirla obligando al comprador que se haga cargo del pago del impuesto.
De todas maneras cuando lo calcules verás que no supone tanto dinero.
Saludos.
Plusvalías
perfil Jon
05/05/2004 20:30
Buenas!
Acabo de caer en este foro y me parece muy interesante. Mi pregunta es la siguiente: En breve voy a vender unos terrenos por un valor 150 veces mayor al que tenían en el momento que los adquirí. Estos terrenos estan inscritos en el Registro de la Propiedad a mi nombre hace unos 10 años. ¿Tengo obligación de pagar las plusvalías? ¿A cuánto ascienden dichas plusvalías? Y lo más importante: ¿existe alguna posibilidad de eludir, total o parcialmente dicho cobro?

Gracias de antemano