HOLA A TODOS
Una persona compra una vivienda nueva asumiendo el pàgo de la plusvalia. Cuando va a abonar el impuesto el Ayuntamiento le liquida desde que el constructor adquirió el solar hace treinta años. En el Registro consta que la vivienda pertenece al vendedor por declaraciónm de obra nueva y division horizontal, pero el Ayuntamiento dice que eso no es ninguna transmisión.
Entiendo que el Ayuntamiento tiene que cobrar todo el tramo, pero, creeis que se podria reclamar al promotor? En definitiva el consumidor esta pagando la plusvalia de todo el solar cuando el solo adquiere un piso.
gracias
En realidad el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (pliusvalía) grava la transmisión del suelo. La vivienda participa en un porcentaje determinado segun cuota de participación en gastos.
Por otra parte este impuesto debe ser abonado por el promotor que es el obligado tributario, otra cosa es que al realizar la escritura de compra-venta se establezca que dicho impuesto deba ser abonado por el comprador.
La Administración liquidará el impuesto al promotor pero con la claúsula anterior si no abona el comprador puede recurrir por lo civil.
Todo esto se solucionaria, si por ley se obligara a los promotores a pagar plusvalia al registrar la obra nueva y division horizontal.
El comprador de una vivienda de nueva construccion, no tiene por que saber el tiempo que ha transcurrido desde la compra del solar.
Esto es una injusticia, ya que el promotor es el que ha obtenido un beneficio en el incremento del valor del terreno, desde hace 30 años (cuando lo compro) y la fecha del inicio de la obra.
lo que es injusticia es que se incluya la claúsula de transmisión del obligado tributario.
Los notarios podrían realizar más esfuerzos para que la claúsula incluya exclusivamente como obligado trigbutario al establecido por ley, que en este caso es el promotor.