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Plusvalía

8 Comentarios
 
Plusvalía
04/08/2015 18:42
Buenas tardes, mi marido ha fallecido y me ha dejado el piso donde vivimos con una hipoteca de 95.000 euros. El ayuntamiento me reclama el 30%, 8.095,39 euros de plusvalía.
Es esto correcto?.
El valor del suelo es de 56.218,06. Tengo que pagar yo toda la plusvalía (8.095,39) o solo el 50% ya que teníamos bienes gananciales.
Tengo derecho a alguna bonificación, exención, etc?
Me urge porque mañana he quedado en el ayuntamiento.
Saludos
Chus
05/08/2015 09:19
Dice que "teníamos bienes gananciales", pero antes ha dicho que "mi marido ha fallecido y me ha dejado el piso donde vivimos ". Si su marido le deja el piso, será porque era suyo (¿comprado antes del matrimonio?)

En todo caso, la plusvalía se paga por la parte heredada: si el piso era tambien suyo en gananciales, entonces sólo sobre la mitad de su marido.

Sobre bonificaciones, al ser un impuesto municipal varían de un sitio a otro. Normalmente, si el piso era la vivienda habitual (a veces con el requisito de 2 años) y heredan el cónyuge y/o hijos, suele haber bonificación (del 50%, a veces del 90% o más).
05/08/2015 11:09
Hola, muchas gracias me ha sacado de dudas. Efectivamente era en régimen de gananciales. Es vivienda habitual y esta en Navalcarnero, entonces cuanto tendría que pagar?
El valor del suelo es de 56.218,06 euros. Año de compra 1.998 y año del fallecimiento 2.015.
Saludos
05/08/2015 12:06
La plusvalía es un impuesto municipal. Tiene que consultar la ordenanza municipal en la que se regule este impuesto, y comprobar si le han hecho bien la liquidación. Si le correspondiera bonificación la tiene que pedir, no se la van aplicar de oficio, ya que hay unos requisitos y los tiene vd. que justificar. Normalmente las bonificaciones sólo se aplican si las pide dentro del período de pago ordinario (6 meses a contar desde el día del fallecimiento).
05/08/2015 12:26
http://normativa.ayto-navalcarnero.com/navalcarnero/normativa/files/ordenanzas-fiscales-2015.pdf

La plusvalia, a partir de la página 21 (IIVTNA)

En su caso, la base imponible se calcula con el valor del terreno, a razón del 3% por 17 años (aprox. falta saber los meses). La cuota del impuesto es el 30% de la base imponible obtenida.

Si se le ha revisado el valor catastral en los ultimos 5 años, ese valor se reduce en un 40% (pág. 24).

En cuanto a bonificaciones por parentesco, no he visto nada.

Así a ojo, parece que le están reclamando como si heredase la vivienda totalmente. ¿En qué año se casaron vds?
05/08/2015 16:09
Nos casamos en 1.980 pero la adquisicion de la vivienda fue en 1.998.
Según me han dicho en el ayuntamiento es el valor del suelo el 50% ya que como he dicho eran bienes gananciales. Es decir la parte de mi marido.
Por el 3% x 30% x 16 años.
Si el vañor del suelo es 56.218,06, cuanto saldría?
Me han dicho que este ayuntamiento no tiene bonificaciones, exenciones, etc.
Saludos
06/08/2015 10:55
Los años se calculan como años completos. El gravamen es del 30% y no hay bonificaciones por mortis-causa según la normativa del ayuntamiento.

56.218,06 X 16años x 3% X 30% gravamen= =8.095,40 /2 (50%) = 4.047,70 a pagar.

Tienes de plazo 6 meses para liquidarlo.
06/08/2015 14:05
Gracias. Cada vez me lo aclaras más. Ahora la última cuestión: hasta que no me avisen no tengo que pagarlo verdad?
Me lo han comunicado verbalmente por teléfono nada más.
Saludos
06/08/2015 19:47
En tu primer mensaje decías que habías quedado ya con los del ayuntamiento y en tu último mensaje, ¿que te lo han comunicado verbalmente?. No acabo de entender. Si el ayuntamiento no tiene autoliquidaciones a través de su web para que tu la cumplimentes y la entregues junto con la documentación, entonces tendrás que ir personalmente a que te la hagan ellos pero lo que tienes que tener claro es que tienes seis meses para liquidarlo.
No se si será el caso de tu ayuntamiento pero ten en cuenta lo que te dice mark9,
Si se le ha revisado el valor catastral en los ultimos 5 años, ese valor se reduce en un 40% (pág. 24).