Buenas tardes. En principio pongo este mensaje aqui porque no estoy seguro de en que foro ponerlo.
Explico el caso: debido a una herencia hemos recibido la propiedad de un local destinado a almacén. Se hicieron las correspondientes escrituras y se pagó la plusvalía municipal que nos pidió el ayto. Pasado un tiempo y comprobando unos datos catastrales nos hemos dado cuenta que la referencia catastral del local está equivocada y figura como si fuera una vivienda del bajo.
Llevamos años pagando un IBI de una vivienda cuando deberíamos haber pagado el de un local almacen. Y además hemos pagado una plusvalía igualmente errónea.
Mi pregunta es: puedo reclamar al ayto ese dinero?
opino que no hay posibilidad de recuperar nada
los datos eran erróneos, pero eran los que eran y nadie había pedido su rectificación
las modificaciones catastrales surten efecto desde el día que se producen, sin efectos retroactivos, por lo que la cuenta está bien hecha porque esos eran los datos vigentes en la facha de devengo
en cualquier caso, la modificación podría salir mal, ya que la plusvalía municipal afecta al valor catastral del suelo, y yo casi me atrevería a decir que el valor de repercusión del suelo de un almacén, si es en planta baja, es mayor que el de una vivienda
Yo preferiria contestaciones legales mejor que "opiniones" aunque agradezco cualquier comentario.
Dicho esto, cuando la admon comete un error al cobrarte un impuesto de una propiedad que no te pertenece... No hay metodo legal para que subsane su error? Me callo y sigo pagando por una vivienda de 87m2 en vez de un almacen de 32m2? Seguro que pago menos de vivienda?
Si quieres la confirmación legal de mi anterior mensaje, mira la Ley General Tributaria. No la reproduzco porque gracias a Internet está al alcance de cualquiera.
En todo caso, para acreditar el error creo que tendrás que comprobar cómo consta ese inmueble en el catastro y si allí hay error tendrás que empezar recitificándolo. Una casa no se puede empezar por el tejado.
La cuestión de escribir aquí es no tener que estudiar la carrera de derecho ya que soy lego en leyes. Me gustaría saber a que artículos me puedo acoger para rectificar ese fallo en el catastro y recalcular el impuesto a pagar.
Lo que no querría es tenerme que estudiar la Ley General Tributaria y por eso pido ayuda por aqui.
Gracias
Vamos a ver, en la Ley General Tributaria no te van a explicar cómo corregir un error del catastro. Para eso tienes que coger la escritura de tu inmueble y el último recibo del IBI y acudir al catastro de tu ciudad y preguntar qué consta, y si está mal preguntarles cómo se corrige. Si no sabes dónde está el catastro de tu provincia lo pones en google y te sale, suele estar en la Delegación de Hacienda (no confundir con la AEAT).
En la Ley General Tributaria puedes ver la prescripción que es a lo que yo me refería antes. Si bajas la Ley en PDF y pones en buscar "prescripción" te saldrá el correspondiente artículo. Pero si eso te resulta complicado, mira directamente el artículo 66.
Creo que esas sencillas comprobaciones no son como estudiar la carrera de derecho, ¿o sí?.
Muchas gracias Juan. Siento si ha sonado muy borde pero no era por tu comentario... Estoy pez en estos temas y agradezco mucho cualquier ayuda. Iremos a la delegacion y a ver que nos cuentan.
Un saludo