Mi pregunta es parecida a otra que había en el foro, pero no exactamente igual. Mi mujer y yo teníamos una vivienda en propiedad en la que hemos vivido desde el año 1999. En enero de 2005 hemos adquirido una vivienda nueva que pasa a ser la habitual y hasta noviembre de este 2005 no hemos podido vendar la anterior.
La pregunta es si tenemos que pagar las plusvalía o si podemos no hacerlo siempre y cuando reinvirtamos el dinero obtenido por la venta. ¿De ser así, cuánto tiempo tenemos para reinvertirlo?
Y por otro lado, he leido que en caso de no pagar plusvalía entonces no te puedes desgravar por adquisiciónd de vivienda habitual y habria que echar cuentas de qué interesa más. ¿Esto es así también?