Política a parte, lo único que me queda claro de esta situación es que los impuestos están creados sólo para machacar a los ciudadanos que cumplen rigurosamente con sus obligaciones como tal. Estoy cansado de ver y en especial últimamente con este problema de mis padres como a ellos que toda su vida han cumplido con sus impuestos como debe ser no hacen sino exigirles pagos adicionales y como otros vecinos que no han pagado ni un recibo del IBI se vanaglorian de sus actos y se permiten el lujo de presumir de que no piensan pagar ni un euro por ellos... teniendo los mismos derechos que los demás y lo más triste es que no les pasa nada porque la mayoría de ellos cuando podían no pagaban y ahora que no pueden no piensan pagar.
Es cierto que el ayto le permite fraccionar el pago, pero aún así sigue siendo prácticamente el sueldo íntegro en este caso de un jubilado, que tendrá que prescindir de él para poder correr con un impuesto que en esta circunstancia me parece totalmente injusto, aunque como usted dice, se ponga el contador a cero para la casa nueva, puesto que ellos no tienen ni han tenido interés en vender la vivienda.
Gracias nuevamente por su información y celeridad en la respuesta. Un abrazo.
sí, son gastos de la operación, pero no son LOS GASTOS de la operación, sino que son impuestos debidos a la venta (expropiación) de la finca, calculados sobre el valor catastral DEL SUELO, y ni siquiera cuenta el valor de construcción de la vivienda expropiada
piense que los gastos fundamentales del cambio son otros, tales como el iva de la nueva vivienda, los actos jurídicos documentados, el notario y el registro ... y que, llegando más allá, incluso habría impuestos sobre el posible incremento patrimonial, aunque lo razonable sería que no se llegara a echar esas cuentas, entendido que la nueva vivienda es la compensación, más o menos ajustada, por la vivienda expropiada
en cuanto a las plusvalías, piense que se pagan en toda transmisión, incluso hereditaria, y aunque ahora se haya de pagar por 15 años (desde la fecha de compra), este pago pone el marcador a cero y el tiempo empieza a contar para la nueva vivienda
el impuesto de plusvalías, cuyo verdadero nombre es impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, y que realmente ni siquiera es eso sino un impuesto casi arbitrario que solo para su justificación toma como base el valor catastral del suelo, es, como muchos otros impuestos, UNA VERGONZOSA FORMA de quitarle dinero a los muchos, porque solo es mucho dinero si son muchos los que han de pagar un poco cada uno. No es nada nuevo que las grandes fortunas campan a sus anchas, y que los que nada tienen se ven favorecidos por las políticas sociales mal llamadas de integración, porque integración sería que todos fuésemos una piña tanto para cobrar como para pagar, y aquí los únicos realmente integrados son quienes se aprovechan del sistema, sea porque tienen mucho, sea porque nada tienen, mientras que los más, la gran mayoría, solo pagamos los beneficios de los primeros y las subvenciones a los segundos.
El período de las plusvalía es desde el año 1995 hasta la fecha en que se realizó el cambio de la misma, aproximadamente unos 15 años en total.
Gracias "veo", por lo que me comentas, no se van a librar del pago, a ver como lo podemos tratar con el ayto entonces, pero me sigue pareciendo injusto entonces si la laey está estipulada de esa manera, teniendo en cuenta que ellos, no han exigido el cambio. Ha sido el propio gobierno el que los ha obligado a trasladarse, deberían ellos correr con todos los gastos derivados de esa operación.
Nuevamente gracias.
habría que saber qué significa el que no se hizo efectiva hasta Junio del 2010
pueden exigir el pago de la plusvalía si los derechos de la transmisión corresponden a junio de 2010 o a cualquier fecha en los últimos 5 años, y es independiente de si ha sido expropiada o comprada a precio acordado o a cambio de otra vivienda
la plusvalía es un impuesto al vendedor de un bien urbano, y en este caso hay vendedor de bien urbano independientemente de si la casa ya no existe y hoy es una carretera, por lo que solo cabe comprobar si la fecha de transmisión todavía permite el cobro de ese impuesto
Hola a tod@s, he revisado vuestros temas y consultas sobre plusvalía y no he encontrado nada al respecto del tema que me lleva a la siguiente cuestión. Disculpad mi torpeza en este tipo de temas y sobre todo en el empleo de términos.
Mi problema es el siguiente; mis padres viven en Tenerife, concretamente en el municipio de Santa Cruz de Tenerife. Como consecuencia de una ampliación de una carretera, el gobierno les expropió la vivienda hace más de 10 años. Dicha expropiación forzosa no se hizo efectiva hasta Junio del 2010; fecha en la cual se terminaron las viviendas de reposición para todos los afectados y les fue entregada la nueva vivienda de reposición. Después de todos los trámites burocráticos de cambios de titularidad de IVI y demás impuestos, ahora les reclaman una plusvalía de 660 euros desde el año 1995 sobre la antigua vivienda que dicho sea de paso ya no existe y se demolío justo en el momento de entrega de las viviendas de reposición.
Y yo me pregunto si es legal que el ayto. reclame a mis padres este impuesto cuando ellos no han vendido vivienda alguna y además fue el propio gobierno el que obligó a los vecinos a trasladarse de domicilio. Estamos hablando de un barrio periférico de viviendas la mayoría de autoconstrucción de gente con escasa economía y la mayoría son mayores de 60 años. ¿Existe alguna ley en virtud de la cual podamos reclamar este pago.? El Ayto les obliga a pagar en un plazo de 20 días desde la notificación.
Muchas gracias por vuestra colaboración y atención.