Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Plusvalia Sevilla

0 Comentarios
 
Plusvalia sevilla
12/05/2014 13:54
pues resulta que con fecha de mayo de 2014 nos ha llegado una carta sin certificar del ayuntamiento de sevilla (Notificación informatizada 3º intento Buzón) En la cual se reclama el impuesto sobre incremento valor terranos urbanos con total a pagar de 1.132,53 € (incluidos recargos e intereses de demora). El periodo impositivo que han valorado es de fecha de anterior transmision 01/01/1980 y fecha de transmisión actual 17/04/2008. El valor del terreno en de 4.442.88. Hasta aqui lo economico, y ahora viene la historia, resulta que es un piso de VPO que se adjudico en 1979 a mi abuelo, el cual era propiedad de la junta de andalucia ( y asi consta en nota simple hasta 2009) mi abuelo solo firmo un documento de titularidad y estuvo pagando la cuotas correspondientes a la junta, mi abuelo Fallece en 1997, su mujer y mi abuela fallece 2001. con objeto de regularizar la titularidad del piso y siendo la vivienda habitual de mi madre desde 1979, la empresa publica del suelo nos informa que ha que realizar una declaracion de herederos y una renuncia de los otros 2 hermanos de mi madre para poner el contrato de la vivienda a nombre de mi madre, esto se realiza en 2008, se acude a notario y realiza escritura de la declaracion de herederos y la renuncia de los hermanos por segun consta en documento, pago de la parte correspondiente de la vivienda por parte de mi madre. Segun consta en registro en 2009 se inscribe un cambio de titularidad por contrato de compraventa (pero no se realizo ninguna compraventa, era titularidad de la junta y en 2009 la titularidad en registro de propiedad se cambia a nombre de mi madre) No se percibe ninguna notificación de impuestos en todos estos años. En 2012, se liquida lo que quedaba de pagar del piso y se realiza escrituracion de propiedad con la junta de andalucia, es decir se hace escritura a nombre de mi madre y esta se inscribe en el registro. La duda es teniendo en cuenta todo esto y habiendo leido todo lo que hay por leer, entiendo que esta prescrito pero no entiendo porque nos envia la notificacion que nos reclaman, si esta prescrito como lo hacemos reclamar, si no tenemos que pagar que tenemos que presentar a fin de demostrar esta situación, al fin de cuentas si tenemos que pagar o no y como podemos reclamarlo. Gracias