Buenas a todos, y agradecer de antemano vuestra ayuda.
En 1998 compramos un compañero de profesión y yo un piso en pro indiviso. En 2018 lo dividimos con obra, extinguimos el condominio y cada uno se adjudicó un apartamento resultante de dividir el piso inicial. En 2019 yo he vendido el mío. Todavía no ha transcurrido el año desde que me lo adjudiqué. ¿Tengo que pagar plusvalía municipal?
Gracias
Imagino que en la extinción de condominio se adjudicaron por el mismo valor que tenían. En este sentido no hay plusvalía en ese momento por lo que sí la habrá en el momento de la venta que deberá contar no desde la adjudicación sino desde la compra del piso original