En las transmisiones a título lucrativo, como son las donaciones, el obligado al pago es el donatario no el donante, es decir son los hijos los que deben abonar los impuestos sólo respecto al 50 %; y éstos son: Impuesto sobre donaciones, más o menos el 0,8 %, aunque depende del lugar, así como la anteriormente denominada plusvalía que está exenta en determinadas Comunidades, debiendo tener en cuenta también los gastos notariales y registrales; de IRPF nada hay que abonar.
Es mejor que haga esta pregunta en el foro de Derecho Tributario, sin embargo puede ir adelantándole lo siguiente:
1.- En cuanto a la plusvalía municipal sólo pagará por el 50% que tiene ella.
2.- Ahora mismo no sé decirle si el IRPF estaría exento, no lo sé, porque además es posible que dependa de cada CCAA con lo cual la cosa se complica más.
3.- Pero hay algo que no está teniendo en cuenta, y es que al hacerle una donación es posible que tenga que tributar por el impuesto de sucesiones y donaciones. Es posible que esto también dependa de cada CCAA. Los compañeros del foro de Derecho Tributario podrán contestarle con más detalle.
Buenas tardes,
mi madre nos ha donado su parte de su vivienda habitual. El otro 50% lo recibimos en herencia al fallecer mi padre. A la hora de pagar la plusvalía municipal, ¿tendrá que pagar por la mitad que dona o por la totalidad de la vivienda? Por otra parte, en la tributación por IRPF por la ganancia patrimonial estaría exenta? Tiene más de 65 años y nos dona su residencia habitual.
Muchas gracias.