Si tienes pactado en escritura, el pago desde la declaracion de obra nueva hasta la fecha de la escritura, el promotor deberia haber liquidado previamente el periodo transcurrido desde la compra del solar hasta la declaracion de obra nueva.
Lo que tu tienes pactado en la escritura "va a misa".
Debes indicar este aspecto en el Ayuntamiento, para que le giren al promotor el anterior periodo (antes o despues de tu liquidacion).
En cualquier caso, comprueba en el Registro de la Propiedad la fecha de la declaracion de obra nueva, aunque ese dato debe estar en tu propia escritura, en el apartado "TITULO".
Tal y como ha indicado Karraspio, el Ayuntamiento liquidará el impuesto tomando como referencia la fecha de compra del solar. Si no dispone de este dato, requerirá al solicitante para que lo aporte. Además, la liquidación se girará al vendedor, que es el sujeto pasivo del impuesto, con independencia de los pactos alcanzados por las partes, los cuales no vinculan a la Administración.
El Ayuntamiento te va a liquidar desde la compra del suelo, el propio nonbre del impuesto te indica, Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.Otra cosa es que el Ayuntamiento no posea ese dato y por agilidad te gire el de declaración de obra nueva.
Plusvalía ¿desde la declaración de obra nueva o desde la compra del solar?
El pasadodía 16 escrituré la compra de mi nueva casa. En el contrato privado de compraventa acordamos que la plusvalía la pagríamos nosotros. En el momento de la firma de la escritura exigimos al notario que reflejase en la escritura que , si bien nos hacíamos cargo del pago de la plusvalía, solo se nos podría reclamar la generada desde la declaración de obra nueva y no desde el momento de la compra del suelo por parte de la promotora.¿Estábamos bien asesorados, o tenía razón el promotor? Pese a que el notario no supo o no quiso aclararnos el tema, logramos que nos incluyeran la cláusula