el dia 5 de octubre publique una consulta sobre la devolución de la plusvalía por una donación de una casa que fue anulada pocos meses después por haber incurrido en alzamiento de bienes. El 29/12/2021 recibo contestación de ayuntamiento denegándome la devolución amparándose en el articulo 109 del texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales.
alguna opinión sobre la legalidad de la denegación? mi idea es recurrir claro.
gracias
Precisamente el artículo 109 ampara el derecho a la devolución aunque con excepciones. Así que supongo que el Ayuntamiento habrá motivado la denegación. La motivación no puede consistir en la simple referencia a ese artículo.
A falta de más datos, yo recurriría.