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¿plusvalia correcta?

3 Comentarios
 
¿plusvalia correcta?
23/01/2015 12:33
Buenos días.

Me dirijo a ustedes porque hace algo más de un par de meses, vendimos una finca situada en Toledo y nos ha llegado una plusvalía la cual pensamos no está correcta.
Resulta que el propietario original de la finca falleció en 1978, dejando su parte de la finca (el 50% porque la tenía en gananciales con su mujer) íntegramente a la viuda y estableciendo, además, que "a la muerte de ésta, si quedara algo se repartiera entre todos los sobrinos, tanto los de él como los de su esposa" (el matrimonio no tenía hijos). La viuda no pago ningún impuesto al heredar la parte de la finca que le dejó el marido.
La viuda falleció en el 2005 y al no dejar testamento, se solicitó una declaración de herederos que, aparte de a los sobrinos, también incluyó a 2 hermanas de la difunta.
Como comento, la casa se vendió poco antes de la pasada navidad y las plusvalías que nos han llegado (nos las han enviado a cada uno de los veintitantos propietarios en función de los respectivos coeficientes), toman como fecha de referencia para su cálculo la fecha del fallecimiento del marido (1978) con lo cual, nos han metido un periodo de 20 años (parece ser que el máximo que establece la ley).
Mi pregunta es ¿es esto correcto? ¿No debería computarse para el cálculo de este impuesto la fecha de la muerte de la viuda (2005) ya que fue en ese momento cuando los sobrinos y demás parentela pasaron a ser herederos?.
Por otro lado, aunque la fecha de la muerte del marido fuera la correcta, ¿debería considerarse esa fecha aplicable a la totalidad de los distintos porcentajes porque él lo que legó en el momento de su muerte a su mujer fue "su parte" de gananciales (la mujer ostentó la suya hasta la fecha de su muerte en el 2005)?
Si alguien me pudiera aclarar este asunto, le quedaría muy agradecido.
Un saludo al foro y mi agradecimiento a todos ustedes.
23/01/2015 14:33
Bajo mi punto de vista, la fecha a considerar es la de 2005. Ustedes reciben de su tía y ella falleció en 2005.

Por ello, debería presentar alegaciones en tal sentido.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
06/02/2015 10:15
En principio y con los datos facilitados, se tendría en consideración la fecha de tal fallecimiento, es decir, 2005, pero habría que tener en cuenta otras cuestiones y examinar detalladamente la documentación.
Puede ponerse en contacto conmigo y aclarar posibles dudas.
Un saludo.
06/02/2015 10:22
Este es el correo de contacto:
Abogado24consultas@gmail.com
Gracias.
Saludos.