Nos gustaria saber vuestra opinión sobre el pago del arbitrio de plus valia. Tenemos un contrato de compraventa de una parcela del año 1982, despues de años insistiendo en que elevaran a publica la venta nos ponen la condición de hacernos cargo de la plus valia, contando esos 25 años de los que ya eramos propietarios. Podriamos aplicar la Ley 44/2006 de los derechos del consumidor. En el contrato se estipuló que ese arbitrio iria a nuestra cuenta.
Lo veo mal. ¿Puedes acreditar que duranta todos estos años has insistido en elevar a público la cv y que la otra parte se ha negado, con los perjuidicio que ello te conlleva???
buen os dias, msanpere,
Hace años, les requerimos notarialmente. Llevamos años intentando localizar al promotor y después de encontrarle ya hace dos que se está mirando el expediente. Cuando le pareció bien, y un dia antes de recorrer 300 km. para visitar al Notario y firmar, nos llama poniendo la condición del pago "a él" de 5000 € por 25 años de plus valia. Pienso que con la nueva ley de protección al consumidor (44/2006 de 30 de diciembre), las clausulas que obligan al consumidor en contra de lo que la ley prescribe son nulas de pleno derecho. En el contrato hay una clausula que obliga al comprador a pagar la plus valia, cuando ese arbitrio va a cargo del vendedor que es quien se beneficia del aumento del solar. ¿Qué opinas?.
Gràcias