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Plus de nocturnidad

1 Comentarios
 
Plus de nocturnidad
18/02/2018 10:56
Soy trabajadora en turno de noche en una residencia. Me abonan en nómina el número de días efectivos que he trabajado. No debería ser a razón de 30 días?
Tenía entendido que era un plus mensual (desde que empieza hasta que acaba el mes) porque si cojo vacaciones...que cobro 6 días por ejemplo? (Quitar a 30 una quincena de vacaciones y días de libranza)
Gracias
18/02/2018 17:40
noviembre_85
No entiendo muy bien ¿cual es su consulta?¿Se refiere al plus de nocturnidad? como parece que se refiere tras el titulo, ¿O se refiere a los días trabajados?
Si se refiere al plus de nocturnidad , salvo que el convenio aplique otro horario éste se cobrar por el número de horas nocturnas trabajadas y estas son en horario de 22:00 a 6:00 h.
éste plus lo cobrara por hora trabajada en dicho horario y en cuanto a las vacaciones habrá generado eses pus durante 11 meses para cobrar la media de esos 11 meses de plus de nocturnidad y festivos en vacaciones. Éste plus es un complemento de puesto de trabajo y por tanto se cobra por hora trabajada.
SMO