yo trabajo en una empresa 1año que cuando se vendio la absorvio una mas grande. Que pasa que cuando nos (compraron y/o absorvieron) nos han respetado todo lo que teniamos , salario, horarios, fiestas..., bueno el problema empieza cuando yo me doy cuenta de que estaba trabajando 44 horas semanales i en el contrato pone solo 40h, cuando lo he reclamado me han dicho que me estan pagando un plus de disponibilidad 55€ / mes por las 16h extras que hago cada mes , cuando he calculado me estaban pagando poco mas de 3€ la hora , sabes lo que me han dicho que si no me gusta que no las haga , bueno yo tan desepcionada hice una carta diciendo que ya no queria hacer las 16 h extras cada mes porque no me las pagaban como extras si no con un plus desfrazado , claro logicamente me han quitado eses plus. Bueno mi pregusta es puedo hacer algo legal al respeto?? o ugt pueden hacer algo??. Es muy importante gracias.
Estimado/a amigo, el plus de disponibilidad no compensa horas extras tal y como te ha dicho la empresa, ademas esta es una cuestion resuelta ya por el TS en relacion con la empresa SIGLA , dicho plus lo que viene a compensar es que el trabajador dentro del respeto a la jornada establecida en el convenio colectivo, pueda adelantar su hora de entrada o salida, esto es estar disponible en funcion de ciertas necesidades de caracter productivo, si en tu caso dicho plus te lo da la empresa y no esta recogido en el convenio colectivo, este no se te puede suprimir de forma unilateral por parte del empleador, ya que en tu caso tu sigues estando disponible y no has renunciado a no estarlo, lo que te dicen de las horas extras y que ese plus compensa las mismas es un rollo patatero.
El plus de disponibilidad, en su esencía se describiría como la opción por parte de la empresa, de solicitar al trabajador que se persone en la empresa, o se encuentre localizable para la empresa en caso de necesidad por parte de ella.
Como han indicado, ello no permite a la empresa que el trabajador tenga que realizar horas superiores a las señaladas en contrato de trabajo, o convenio colectivo, si el trabajador rebasa la realización de dicha cantidad de horas, se estaría hablando de Horas Extras.
No puedo aportar ningún documento donde se base todo esto, pero esa es mi forma de entender este asunto.