Un trabajador ha sido contratado el 01/09/2008. En su empresa se abona la antigüedad por quinquenios (tal como lo recoge el convenio colectivo en vigor en ese momento)
El 01/03/2013 se publica un nuevo convenio colectivo en el que se suprime el plus de antigüedad.
La pregunta es:
¿El citado trabajador cobrará la antigüedad del primer convenio, teniendo en cuenta que cuando fue contratado estaba en vigor el abono del plus de antigüedad? ¿O no tiene derecho al mismo porque no ha acumulado su primer quinquenio antes de que haya sido publicado el nuevo convenio colectivo?
Su primer quinquenio sería el 01/09/2013, y la firma del nuevo convenio donde se suprime el plus de antigüedad es del 01/03/2013, por tanto no se esta aplicando ningún carácter retroactivo y por tanto no tiene derecho a ese plus de antigüedad ya que en el momento de cumplir un quinquenio éste ya no estaba vigente.
SMO.